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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2017 (13/05/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Sábado 13 de mayo de 2017 / El Peruano Que, a través del artículo 15 de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP a efectuar, mediante resolución del Titular del Pliego, transferencias fi nancieras a favor de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de su competencia para el pago de remuneraciones y pensiones; Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias, establece que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias; así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Bene fi cencia Pública y los referidos a personas adultas mayores y sus derechos; Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando Nº 296-2017-MIMP/DGFC del 3 de mayo de 2017, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, en atención al Informe Nº 034-2017-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, solicita la transferencia de recursos fi nancieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 03/100 SOLES (S/ 470 825,03), para el pago de remuneraciones y pensiones del mes de mayo de 2017; Que, con Memorando Nº 268-2017-MIMP/OGPP del 8 de mayo de 2017, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 121-2017-MIMP/OGPP-OPR de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable para la transferencia fi nanciera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para el pago de remuneraciones y pensiones del mes de mayo de 2017, por lo que otorga la disponibilidad presupuestaria por el monto de hasta CUATROCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 03/100 SOLES (S/ 470 825,03), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especi fi ca de gastos “2.4.1.3.1.4 a Otras Entidades Públicas” y metas presupuestarias señaladas en el Cuadro Nº 1 adjunto al citado Informe; Que, mediante Memorando Nº 162-2017-MIMP/ OGA del 8 de mayo de 2017, la O fi cina General de Administración ha señalado que no encuentra objeción para la transferencia fi nanciera propuesta por la Dirección General de la Familia y la Comunidad mediante Memorando Nº 296-2017-MIMP/DGFC, la cual deberá ser formalizada con resolución ministerial en virtud de lo establecido en el literal c) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, en tal sentido, a fi n de efectivizar el pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de mayo de 2017, de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente emitir el acto por el cual se apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 03/100 SOLES (S/ 470 825,03), a favor de las citadas Sociedades de Bene fi cencia Pública; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 26918 – Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo – SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 03/100 SOLES (S/ 470 825,03) a favor de treinta y un (31) Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, la cual será destinada al pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de mayo de 2017, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Bene fi cencia Pública. Artículo 2.- La O fi cina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Bene fi cencia Pública deberán efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberán ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, y la O fi cina General de Administración, en el marco de sus competencias, serán los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos materia de transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1520186-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Chile, Ecuador y Alemania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0351/RE-2017 Lima, 8 de mayo de 2017CONSIDERANDOQue, entre los días 16 al 18 de mayo de 2017, en la ciudad de Santiago, República de Chile, tendrá lugar el Primer Diálogo público privado de la Agenda Digital de la Alianza del Pací fi co. Que, este Primer Diálogo Regional será el marco para la promoción de una transformación digital, que contribuya a impulsar un desarrollo más inclusivo, que ofrezca más y mejores oportunidades para las pequeñas y medianas empresas y para los ciudadanos, que promueva la productividad y la innovación, y que se apoye en una gestión más efectiva, e fi ciente y transparente; Que, siendo el Perú, país miembro de la Alianza del Pací fi co, se estima importante la participación de la Jefa del Departamento de Tecnología de la Información y Gobernanza de Internet, de la Dirección de Ciencia y Tecnología de la Dirección General para Asuntos Económicos, a fi n de dar debido seguimiento diplomático y político del tema;