Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2017 (13/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 13 de mayo de 2017 /

El Peruano

Sexual y Reproductiva, Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas, Prevención y Control del Cáncer, Inmunizaciones, Salud Bucal, Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Prevención y Control de VIHSIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis, Prevención y Control de la Tuberculosis, Intervenciones por curso de vida y ciudadano integral, Promoción de la Salud; y Pueblos Indígenas u originarios; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 114-98-SA/ DM se declaró la tercera semana del mes de mayo de cada año como la "Semana de la Maternidad Segura"; Que, a través del documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto modificar la precitada Resolución Ministerial, a efecto que la tercera semana del mes de mayo de cada año sea denominada "La Semana de la Maternidad Saludable, Segura y Voluntaria", considerando así el abordaje integral de la salud materna, lo que permitirá sensibilizar a los prestadores de salud, decisores políticos y a la población en general sobre la importancia de las acciones destinadas al ejercicio de los derechos de la mujer sobre su maternidad; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Que, mediante el Informe Nº 319-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión legal correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar la tercera semana del mes de mayo de cada año como "La Semana de la Maternidad Saludable, Segura y Voluntaria". Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 11498-SA/DM. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1520094-4

Modifican el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 215-2017/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 324-2017/MINSA Lima, 12 de mayo del 2017 Visto, el Expediente Nº 17-032592-001 que contiene el Informe Técnico Nº 06-2017-JCH-DG-DIGERD/MINSA emitido por Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, y el Memorándum Nº 1054-2017-OGA/MINSA emitido por la Oficina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 123 de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la Autoridad de Salud de nivel nacional actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud;

Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), bajo la rectoría de la Presidencia del Consejo de Ministros, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 215-2017/ MINSA, se hace extensivo de manera excepcional por todo el año Fiscal 2017 y sólo para movilización de personal en el marco de los estados de emergencia declarados como consecuencia de las lluvias intensas y peligros asociados, la definición de "Comisionado" consignada en la Directiva Administrativa Nº 220-MINSA /2016/OGA "Directiva Administrativa para el Otorgamiento y Rendición de Viáticos, Pasajes y otros Gastos de viaje" aprobada por Resolución Ministerial Nº 962-2016/MINSA, a los brigadistas y médicos residentes bajo la modalidad de cautiva de las diferentes Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud; para cuyo efecto, se autoriza a la Oficina General de Administración realizar las acciones que correspondan; Que, el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, encargado del planeamiento estratégico para desarrollar en el sector salud los componentes proceso y subprocesos de la Política Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres. Coordina con los órganos competentes del Ministerio de Salud, la atención de emergencias sanitarias que correspondan; así como la prevención y control de riesgo de desastres; Que, mediante el informe de visto, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional del Ministerio de Salud señala que, considerando el marco actual de las Declaratorias de Emergencias en diversas regiones del país y las funciones establecidas para la Dirección de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud previsto en los artículos 91 y siguientes del Reglamento de Organización y funciones del Ministerio de Salud aprobado mediante D.S. 008-2017-SA, esta Dirección General requiere de la movilización de no sólo Brigadistas y Residentes bajo la modalidad de cautiva sino también de Profesionales y Técnicos de la Salud de las diferentes Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud a efectos de cubrir la brecha de apoyo asistencial que requieren las diversas Regiones Declaradas en Emergencia; Que, asimismo, mediante el documento de visto, la Oficina General de Administración considera que resulta atendible el requerimiento formulado de hacer extensiva la definición de "Comisionado" consignado en la Directiva Administrativa Nº 220-MINSA/2016/OGA "Directiva Administrativa para el Otorgamiento y Rendición de Viáticos, Pasajes y otros Gastos de viaje" a los técnicos y profesionales de la salud de las diferentes Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, que colaboren en la atención de las emergencias declaradas y por ello recomienda que sea aprobado con eficacia todo el año, precisando que, como en el caso de los brigadistas y médicos bajo la modalidad cautiva, a efectos del control del gasto, la tramitación y rendición de cuentas, a cargo de la Oficina General de Administración, deberá regirse la Directiva Administrativa antes citada; Que, en ese contexto, de manera extraordinaria y ante la necesidad de incrementar la disponibilidad de personal de salud en las zonas declaradas en emergencia, resulta necesario proponer la modificación del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 215-2017/MINSA, que comprenda a los profesionales y técnicos de la salud de las diferentes unidades ejecutoras del Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa

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