Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2017 (18/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de mayo de 2017 /

El Peruano

Fiscal de Ucayali, cuya vigencia sería del 01 de abril al 31 de diciembre de 2017, conforme a lo señalado en el Informe Nº 007-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, el mismo que contiene el Rediseño Organizacional y la Desagregación Presupuestal de la Transferencia de Partida, otorgada por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público. Que, conforme ha manifestado el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante oficios Nº 3574-2017-MP-FN-FSNCEDCF y Nº 3575-2017-MPFN-FSNCEDCF, existe la necesidad de que dos (02) de las cuatro (04) plazas de fiscales adjuntos provinciales transitorios creadas para la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Junín, sean convertidas en una (01) plaza de fiscal provincial para la referida Fiscalía, ello con la finalidad de que pueda conformarse un nuevo despacho fiscal, de manera conjunta con los dos (02) fiscales adjuntos provinciales transitorios restantes. Asimismo, señala que, al no haberse comprendido el fortalecimiento de diversas Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios a nivel nacional por parte del Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, en el Rediseño Organizacional y la Desagregación Presupuestal de la Transferencia de Partida, otorgada por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público; solicita que una (01) de las cuatro (04) plazas de fiscales adjuntos provinciales transitorios creadas para la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Cusco, sea trasladada a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Santa. Finalmente, requiere que una (01) de las dos (02) plazas de fiscales adjuntos provinciales transitorios creadas para la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ucayali, sea trasladada a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque. En ese sentido, considerando que, la conversión y el traslado de plazas solicitados permitirán que las fiscalías antes mencionadas brinden un adecuado servicio fiscal, eficiente y oportuno, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia, procede expedir el resolutivo correspondiente. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales Transitorios, de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Junín, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 048-2017-MP-FN-JFS, de fecha 30 de marzo de 2017, en una (01) plaza de Fiscal Provincial Transitorio, para la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Junín, la misma que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017. Artículo Segundo.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial Transitorio, de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Cusco, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 048-2017-MP-FN-JFS, de fecha 30 de marzo de 2017, al Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Santa, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017. Artículo Tercero.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial Transitorio, de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Ucayali, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 048-2017-MP-FN-JFS, de fecha 30 de marzo de

2017, al Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Cusco, Junín, Lambayeque, Santa y Ucayali, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1521799-6

Dejan sin efecto nombramiento efectuado mediante la Res. N° 1407-2017-MP-FN y nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1553-2017-MP-FN Lima, 17 de mayo de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1407-2017-MP-FN, de fecha 03 de mayo de 2017, se nombraron y designaron Fiscales Adjuntos Provinciales, entre ellos, a los abogados Pericles Muñoz Carpio e Hilda Gutiérrez Pariona, como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima, designándolos en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Que, verificada la estructura orgánica de la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, se aprecia de la existencia de una plaza de carácter permanente y otra de carácter transitorio; por lo que, habría existido un error material en la denominación del nombramiento del último de los fiscales citados en el párrafo que antecede, debiendo de nombrársele como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima, subsistiendo su designación en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, la misma que se hará efectiva a la fecha de su publicación, esto es, del 05 de mayo al 31 de diciembre de 2017. Al respecto, el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Considerando que ha habido un error material en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1407-2017-MPFN, de fecha 03 de mayo de 2017, y a que ésta no altera el sentido de la decisión, resulta necesario expedir el resolutivo correspondiente, efectuando la corrección respectiva. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo sexagésimo quinto de la Resolución de la Fiscalía de

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