Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2017 (19/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 19 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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indica que el Régimen Laboral regulado por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobada mediante Decreto Legislativo N° 276, es aplicable a los magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público; Cuarto. Que, de conformidad con el artículo 76° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276 "las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la Carrera Administrativa son: designación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia", por ende las referidas acciones administrativas le son aplicables a los magistrados del Poder Judicial, siempre y cuando se cuente con el consentimiento de los mismos, salvo excepciones de Ley; Quinto. Que, de conformidad con el artículo 80° del citado Reglamento "el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional. El servidor seguirá percibiendo sus remuneraciones en la entidad de origen. El destaque no será menor de treinta (30) días, ni excederá el período presupuestal, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor"; Sexto. Que, en el caso de los servidores sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento, el destaque debe cumplir con los requisitos establecidos en el Manual Normativo de Personal N" 002-92DNP, aprobado mediante Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP; Sétimo. Que, de conformidad con el numeral 3.4.7 del referido Manual Normativo de Personal, el destaque a solicitud del servidor, "procede cuando está debidamente fundamentado por razones de salud de él, de su cónyuge o de sus hijos o por unidad familiar; en el caso de salud, el solicitante debe adjuntar a su pedido: Certificado médico o declaración jurada simple autenticada por fedatario de la entidad, Visto bueno del jefe inmediato y superior jerárquico, Documento de aceptación de la entidad de destino, Entrega de cargo y de corresponder la Declaración Jurada de bienes y rentas; Octavo. Que, al evaluar la solicitud del magistrado, se advierte que su pedido no ha observado lo regulado por el Manual Normativo de Personal, dado que no ha adjunto; la conformidad con el destaque de la Presidencia de la Corte Superior Pasco, el documento de conformidad de la Corte Superior de Justicia de destino del destaque y su entrega de cargo. Por estos fundamentos, NUESTRO VOTO es porque se resuelva: Declarar INFUNDADA la solicitud de destaque temporal del magistrado Giovanni Félix Palma, Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Daniel Alcides Carrión de la Corte Superior de Justicia de Pasco. Lima, 9 de diciembre de 2016 JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Consejero AUGUSTO RUIDÍAS FARFÁN Consejero 1522223-3 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 150-2017-CE-PJ Mediante Oficio Nº 5396-2017-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 150-2017-CEPJ, publicada en la edición del 16 de mayo de 2017. En el Primer Considerando (página 19) DICE: ...

"Primero. Que, mediante documento con firma legalizada ante Notario Público de fecha 18 de enero del año en curso, obrante de fojas 1 a 3, el señor doctor Miguel Ángel Sotelo Tasayco, Juez Titular del Segundo Juzgado Especializado Penal de Ate, Corte Superior de Justicia de Lima Este; y la señora doctora Fanny Yesenia García Juarez, Jueza Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, solicitan libre y voluntariamente, sus traslados mediante permuta; presentando los siguientes documentos como medios probatorios: a) Copia del Documento Nacional de Identidad del magistrado Miguel Angel Soto Tasayco.". DEBE DECIR: ... "Primero. Que, mediante documento con firma legalizada ante Notario Público de fecha 18 de enero del año en curso, obrante de fojas 1 a 3, el señor doctor Miguel Ángel Sotelo Tasayco, Juez Titular del Segundo Juzgado Especializado Penal de Ate, Corte Superior de Justicia de Lima Este; y la señora doctora Fanny Yesenia García Juarez, Jueza Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, solicitan libre y voluntariamente, sus traslados mediante permuta; presentando los siguientes documentos como medios probatorios: a) Copia del Documento Nacional de Identidad del magistrado Miguel Ángel Sotelo Tasayco.". ... 1522221-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan viaje de profesional de la Contraloría General a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 194-2017-CG Lima, 18 de mayo de 2017 VISTOS; la Nota COMTEMA/Py Nº 005/2017 suscrita por el Enlace de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) de la Contraloría General de la República (CGR) del Paraguay, en representación de la Presidencia de la Comisión Técnica Especial de Medio Ambiente (COMTEMA) de la OLACEFS y la Hoja Informativa Nº 00027-2017-CG/CT del Departamento de Cooperación Técnica; CONSIDERANDO: Que, conforme se da cuenta en los documentos de Vistos, el Enlace OLACEFS de la CGR del Paraguay, en representación de la Presidencia de la COMTEMA, invita a la Contraloría General de la República del Perú a participar en la reunión de planificación de la "Auditoría Coordinada en la Preparación para la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en América Latina", que se llevará a cabo del 22 al 25 de mayo de 2017, en la ciudad de México, México; Que, la Contraloría General de la República del Perú es miembro activo de la OLACEFS, organismo internacional especializado y de carácter técnico que tiene como objetivo fomentar el desarrollo y perfeccionamiento de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) de los países de la región en materia de control gubernamental; para cuyo cumplimiento cuenta con órganos técnicos

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