Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2017 (21/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Domingo 21 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 6º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Gerencia de Administración Tributaria, y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1522577-1

que regularicen su estado civil y fortalecer la unidad familiar. - Opina por la procedencia de la celebración del Matrimonio Civil Comunitario, debiendo los miembros del Concejo pronunciarse al respecto. Que, el artículo 74º del Texto Constitucional indica que las Municipalidades pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que indica la ley. De conformidad a lo dispuesto por los artículos 9º numerales 8) y 9), 20º numeral 5) de la Ley Orgá-nica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- APROBAR, la ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DEL MATRI-MONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA, que se realizará el SÁBADO 17 DE JUNIO DE 2017, en la Plaza de Armas del distrito, el mismo que cuenta con una disponibilidad presupuestaria de S/. 10,500.00 (Diez Mil Quinientos y 00/100 Soles). Artículo Segundo.- El pago total único para las parejas que se inscriban será de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Soles), estableciéndose como plazo de inscripción desde el 02 de mayo de 2017. Los requisitos son los siguientes: Partida de nacimiento original de ambos contrayentes (emitida en el año), copia simple del DNI de los contrayentes, copia simple del DNI de los testigos, declaración jurada de domiciliar en el distrito, una fotografía reciente a color tamaño carnet de cada uno de los contrayentes, declaración jurada de salud (para convivientes) y certificado médico para quienes no son convivientes, pago único de S/. 60.00. Para los casos de menores de edad, divorciados, viudos, extranjeros, personas con parentesco entre sí, miembros de las Fuerzas Armadas, matrimonio por poder, deberán adjuntar además los requisitos previstos en el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos (TUPA) de la Entidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a Secretaría General, a la Gerencia de Desarrollo Social, a la Subgerencia de Gestión Documentaria, a la Subgerencia de Logística y a la Subgerencia de Tesorería el cumpli-miento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y, a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la adecuada difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1522589-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ordenanza que regula la celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 255-MDC Cieneguilla, 21 de abril de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 048-2017-MDC/SG-SGGD de la Subgerencia de Gestión Documentaria, a través del cual presenta el proyecto de Ordenanza que regula la cele-bración del Matrimonio Civil Comunitario en esta jurisdicción, el Memorando Nº 029-2017-MDC/SG de Sec retaría General, el Memorando Nº 043-2017-MDC/GPP, de la Gerencia de Planificación y Presu-puesto y el Informe Nº 077-2017-MDC/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el día sábado 17 de junio del año en curso, en el distrito de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorando Nº 043-2017-MDC/ GPP, el Gerente de Planificación y Presupuesto se-ñala que en el Plan Operativo Institucional se ha considerado la celebración antes glosada con un presupuesto de hasta el monto de S/. 10,500.00 (Diez Mil Quinientos y 00/100 Soles). Que, con Informe Nº 077-2016-MDC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica indica lo que a continua-ción se enuncia: - El artículo 4º de la Constitución Política anota que el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio los cuales son un Instituto natural y fundamental de la sociedad. - El artículo 233º del Código Civil dispone que la regulación jurídica de la familia tiene por fina-lidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política. - El artículo 252º del Código Civil faculta al alcalde a dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248º de dicho Cuerpo Legal. - El artículo 20º numeral 16) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que es atribución del alcalde celebrar los matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo a las nor-mas del precitado Código Civil. - Dentro de su tratamiento social con la comunidad esta entidad brindará a los vecinos las fa-cilidades para

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ordenanza que reglamenta la promoción de prácticas saludables de prevención y control del dengue, chikungunya y zika en el distrito de Comas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 464/MC Comas,10 de febrero del 2016

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