Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2017 (21/05/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 21 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

31

426-2017-MTPE/4/10 e Informe N° 10-2017-HJACHCMTPE de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Oficio N° 610-2017-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 612-2017-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT, es la única agencia de las Naciones Unidas cuyos mandantes son representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores. Esta estructura tripartita hace de la OIT un foro singular en el cual los gobiernos y los interlocutores sociales de la economía de sus Estados Miembros, pueden libre y abiertamente confrontar experiencias, y comparar políticas nacionales. Siendo el Perú país Miembro, tiene como obligación designar a los delegados y consejeros técnicos no gubernamentales de acuerdo con las organizaciones profesionales más representativas de empleadores o trabajadores, según sea el caso; Que, la 106° reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional de Trabajo - OIT, se llevará a cabo del 05 al 16 de junio de 2017 en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, sede de la Oficina Internacional de Trabajo, máxima instancia de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, donde participarán, entre otros, los miembros integrantes de la Delegación Peruana, habiéndose programado reuniones preparatorias de los grupos antes de la apertura de la Conferencia, para el día 04 de junio y la mañana del 05 de junio de 2017; Que, la referida reunión en la que participan los Ministros de Trabajo de todos los países miembros de la OIT, es relevante, porque en ella se abordarán entre otros, los siguientes temas: i) Información y memorias sobre la aplicación de los países miembros de los convenios, y recomendaciones emitidos por la OIT; ii) Migración Laboral; iii) Empleo y Trabajo decente para la paz, y la resiliencia; iv) Seguimiento de la Declaración de la OIT sobre la justicia social para la globalización equitativa, 2008 y v) Derogación de los Convenios 4, 15, 28, 41, 60 y 67 de la OIT; Que, el literal a) del numeral 2, del artículo 13 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, establece que cada Estado miembro asumirá los gastos de viaje y estancia, entre otros, de sus delegados y consejeros técnicos que participen en las reuniones de la Conferencia; por lo cual, la Oficina General de Administración, mediante el Oficio N° 610-2017MTPE/4/11, adjunta las certificaciones presupuestales correspondientes; Que, en consideración a lo expuesto, resulta conveniente autorizar el viaje del delegado y consejeros técnicos de los trabajadores, miembros integrantes de la Delegación Peruana, que asistirán al evento a que se refiere el segundo considerando; Con las visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal a) del numeral 2) del artículo 13 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo - OIT; SE RESUELVE:

de los trabajadores y de la señora ELIZABETH BEATRIZ HUAYAMARES RODRÍGUEZ, Secretaria General Adjunta de la Confederación de Trabajadores del Perú ­ CTP, del 02 al 17 de junio de 2017, como Consejera Técnica de los trabajadores, para asistir a la 106° reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT, como miembros integrantes de la Delegación Peruana, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con Recursos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo con el siguiente detalle: Señor GERÓNIMO LÓPEZ SEVILLANO, del 02 al 17 de junio de 2017 Pasajes Viáticos US$ 2,280.92 US$ 7,560.00

Señor VÍCTOR DAVID IRALA DEL CASTILLO, del 02 al 17 de junio de 2017 Pasajes Viáticos US$ 2,280.92 US$ 7,560.00

Señor JULIO CÉSAR BAZÁN FIGUEROA, del 02 al 17 de junio de 2017 Pasajes Viáticos US$ 2,280.92 US$ 7,560.00

Señora ELIZABETH BEATRIZ HUAYAMARES RODRÍGUEZ, del 02 al 17 de junio de 2017 Pasajes Viáticos US$ 2,280.92 US$ 7,560.00

Artículo 3.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1523178-3

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Lan Cargo S.A. la renovación de permiso de operación de aviación comercial: servicio de transporte aéreo regular internacional de carga
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 222-2017-MTC/12 Lima, 17 de abril del 2017 VISTO: La solicitud de LAN CARGO S.A. sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga; CONSIDERANDO:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor GERÓNIMO LÓPEZ SEVILLANO, Secretario General de la Confederación General de Trabajadores del Perú ­ CGTP, del 02 al 17 de junio de 2017, como Delegado Titular de los trabajadores, del señor VÍCTOR DAVID IRALA DEL CASTILLO, Secretario General de la Central Autónoma de Trabajadores del Perú ­ CATP, del 02 al 17 de junio de 2017, como Consejero Técnico de los trabajadores, del señor JULIO CÉSAR BAZÁN FIGUEROA, Presidente de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú ­ CUT, del 02 al 17 de junio de 2017, como Consejero Técnico

Que, mediante Resolución Directoral N° 256-2013MTC/12 del 18 de junio de 2013, se otorgó a LAN CARGO S.A., la Renovación y Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga, hasta el 13 de marzo de 2017; Que, mediante documento de Registro Nº T-0015102017 del 03 de enero de 2017, LAN CARGO S.A. solicitó la renovación del referido Permiso de Operación, en los mismos términos, por el plazo de cuatro (04) años;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.