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47 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2017 El Peruano / Promoción del Empleo; conforme al detalle que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar al Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”, proceda a realizar los trámites para la publicación en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), de la presente resolución ministerial en la misma fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1527082-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Aerodiana S.A.C. la renovación de permiso de operación de aviación comercial: Transporte Aéreo Especial - Turístico / Paracaidismo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 243-2017-MTC/12 Lima, 4 de mayo del 2017Vista la solicitud de la empresa AERODIANA S.A.C., sobre la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial – Turístico / Paracaidismo; CONSIDERANDO: Que, la empresa AERODIANA S.A.C. cuenta con el Certi fi cado de Explotador Nº 064 expedido el 21 de agosto del 2013 bajo las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP 119NE y 135NE; Que, mediante Resolución Directoral Nº 084-2013- MTC/12 del 04 de marzo del 2013 publicada en el diario ofi cial El Peruano el 16 de marzo del 2013, se otorgó a la empresa AERODIANA S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial – Turístico por el plazo de cuatro años contados a partir del 17 de marzo del 2013 vigente hasta el 17 de marzo del 2017; Que, dicha resolución fue modi fi cada a través de la Resolución Directoral Nº 442-2014-MTC/12 del 29 de setiembre del 2014 en el sentido de incrementar la naturaleza del servicio: Paracaidismo; Que, mediante Documento de Registro Nº T-052761- 2017 del 27 de febrero del 2017 y Documento de Registro Nº E-079116-2017 del 27 de marzo del 2017 la empresa AERODIANA S.A.C. solicitó la Renovación del Permiso de Operación antes señalado bajo las mismas condiciones establecidas; Que, según los términos del Memorando Nº 454- 2017-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 044-2017-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 060-2017-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 230-2017-MTC/12.07 emitido por el Director de Certi fi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modi fi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa AERODIANA S.A.C., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial – Turístico / Paracaidismo, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 18 de marzo del 2017, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 084-2013-MTC/12 del 04 de marzo del 2013. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa AERODIANA S.A.C. deberá contar con el Certi fi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especi fi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico – fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial: Turístico y Paracaidismo (operación que deberá ser efectuada fuera de un radio de 50 km. (27NM) desde el aeropuerto de despegue según la RAP 119.005 c)(7). ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Cessna 172, 182, 206- Cessna 208B ZONAS DE OPERACIÓN: CIRCUITOS TURISTICOS - Pisco – Sobrevuelo de las Líneas de Nasca – Pisco. - Pisco – Sobrevuelo de las Líneas de Nasca, Líneas de Palpa – Pisco. - Las Dunas – Sobrevuelo de las Líneas de Nasca – Las Dunas. - Las Dunas – Sobrevuelo de las Líneas de Nasca, Líneas de Palpa – Las Dunas. - Nasca – Sobrevuelo de las Líneas de Nasca – Nasca. - Nasca – Sobrevuelo de las Líneas de Palpa – Nasca. - Nasca – Sobrevuelo de las Líneas de Nasca, Líneas de Palpa – Nasca. BASE DE OPERACIÓN: - Aeropuerto de Pisco. - Aeródromo de Las Dunas.- Aeródromo de Nasca. Artículo 2º. - Las aeronaves autorizadas a la empresa AERODIANA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certi fi cados de Matrícula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Público de Aeronaves de la O fi cina Registral de Lima y Callao; de sus Certi fi cados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certi fi cado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea.