Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2017 (31/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 31 de mayo de 2017 /

El Peruano

dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1527082-1

Aceptan donación dineraria para la ejecución de proyectos a cargo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 101-2017-TR Lima, 30 de mayo de 2017 VISTOS: El Oficio N° 373-2017-MTPE/3/24.3 de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", el Informe N° 166-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, el Memorando N° 570-2017-MTPE/3/24.3/ CE/UGCC de la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de Competencias Laborales, el Oficio N° 223-2017-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 628-2017-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2011TR, modificado por los Decretos Supremos N°s. 0042012-TR, 013-2012-TR, 003-2015-TR y 008-2016-TR, se crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú", con el objeto de promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2015-TR, se modifica la denominación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" por la del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", en adelante el Programa, y señala que toda referencia en políticas, normativas, documentos de gestión, comunicaciones, proyectos y procesos a cargo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo realizada al Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", aprobado por Resolución Ministerial N° 202-2012-TR, establece que el objetivo del Programa es desarrollar acciones para promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 892 y su Reglamento el Decreto Supremo N° 009-98-TR, se crea el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO, como persona jurídica de derecho privado, con autonomía administrativa, económica y financiera, que tiene por objeto financiar proyectos, capacitaciones, emprendimientos y otros, que se determinen en el marco de los programas de promoción del empleo y mejora de la empleabilidad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, atendiendo a sus fines, en el mes de junio de 2016, el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO, convocó al 16° Concurso de Proyectos con la finalidad de financiar los mejores proyectos y/o iniciativas que mejoren la empleabilidad, promuevan o fortalezcan emprendimientos que contribuyan a la generación de empleo sostenido y mejora de ingresos en el ámbito urbano y rural, que beneficien preferentemente a la población en situación

de pobreza y vulnerabilidad, formulados y ejecutados por instituciones públicas o privadas de trayectoria reconocida en los servicios convocados; Que, el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" ha participado en el referido Concurso de Proyectos, habiendo obtenido la conformidad por parte del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO para el financiamiento de seis (06) proyectos, en el marco de la Línea 2: Certificación de Competencias Laborales, en las regiones de Arequipa, Ayacucho, Ica, Lambayeque, Moquegua y Piura hasta por la suma de S/ 3 596 816,38 (Tres Millones Quinientos Noventa y Seis Mil Ochocientos Dieciséis con 38/100), cuyo desembolso se realizará en calidad de donación conforme a los convenios de financiamiento y cronogramas aprobados por las partes; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales públicas o privadas, diferentes de las provenientes de convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, mediante el Informe N° 166-2017-MTPE/3/24.3/ CE/UGP la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa considera procedente la aceptación de los recursos de donación ascendente a la suma de S/ 3 596 816,38 (Tres Millones Quinientos Noventa y Seis Mil Ochocientos Dieciséis con 38/100) para la ejecución de los proyectos de la Línea 2: Certificación de Competencias Laborales, C-16-04, C-16-05, C-16-06, C-16-07, C-16-08 y C-16-09; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Oficio N° 223-2017-MTPE/4/9, remite adjunto el Informe Técnico N° 433-2017-MTPE/4/9.2, del Jefe de la Oficina de Presupuesto, opinando favorablemente respecto al referido trámite de aceptación de la donación dineraria otorgada por el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, en ese contexto, resulta necesario aceptar la donación dineraria que otorga el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo FONDOEMPLEO, a favor del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", para la ejecución de los proyectos de la Línea 2: Certificación de Competencias Laborales; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Coordinación Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de Competencias Laborales, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la donación dineraria ascendente a la suma de S/ 3 596 816,38 (Tres Millones Quinientos Noventa y Seis Mil Ochocientos Dieciséis con 38/100) proveniente del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO, para la ejecución de los seis (06) Proyectos en la Línea 2: Certificación de Competencias Laborales, a cargo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" del Ministerio de Trabajo y

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