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55 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2017 El Peruano / provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; debiendo ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias y en caso de montos inferiores a las cinco (5) dicha publicación se realizará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad. Que, en tal sentido, resulta necesario aceptar la donación dineraria efectuada por la Federación Peruana de Voleibol a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, que tendrá como destino fi nanciar actividades de Asistencia Humanitaria para la Atención de personas damni fi cadas y afectadas por las emergencias y desastres; Con las visaciones del Secretario General, del Jefe de la O fi cina General de Administración, del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Jefa de la Ofi cina de Tesorería; De conformidad con Ley Nº 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y, en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y Resolución Suprema Nº 033-2017-DE/; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR la donación dineraria efectuada por la Federación Peruana de Voleibol, por la suma de Treinta y siete mil doscientos treinta y uno con 56/100 Soles (S/. 37,231.56), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, conforme al Cheque de fecha 07 de abril de 2017, emitido por el Banco de Comercio, que tendrá como destino fi nanciar actividades de Asistencia Humanitaria para la Atención de personas damni fi cadas y afectadas por las emergencias y desastres. Artículo 2º.- AGRADECER a la Federación Peruana de Voleibol por el valioso aporte efectuado al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web e intranet Institucional ( ), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada. Articulo 4º.- Disponer que la Secretaria General registre y numere la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por Fedatario a la Contraloría General de la República y a la Federación Peruana de Voleibol, dentro del plazo de 03 (tres) días hábiles de emitida la presente Resolución, al Órgano de Control Institucional, a la O fi cina General de Administración, O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y a la O fi cina de Tesorería, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS ALFONSO ZUAZO MANTILLA Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil 1527081-3 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 088-2017-INDECI 23 de mayo de 2017VISTOS: El Memorándum Nº 3103-2017-INDECI/6.3 del 04 de mayo de 2017, emitido por el Jefe de la O fi cina General de Administración, los Cheques de Gerencia de fecha 04 de mayo de 2017 emitidos por el Banco Scotiabank, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y el Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres - SINAGERD y responsable técnico, coordinador, facilitador y supervisor de la implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, en el mes de marzo del 2017, se lanzó la campaña de recaudación de fondos: “TELEFON #UnaSolaFuerza”, donde las operadoras de telecomunicaciones del país, a través de sus marcas: Bitel, Claro, Entel, Movistar, Tuenti y Virgin, se unieron para poner al servicio de sus usuarios una plataforma de recepción de donaciones a favor de los damni fi cados por las lluvias, huaicos e inundaciones; Que, mediante el Memorándum Nº 3103- 2017-INDECI/6.3 el Jefe de la O fi cina General de Administración, informa que como consecuencia de dicha campaña, por intermedio de la empresa Telefónica del Perú S.A.A, diversas personas naturales y jurídicas efectuaron una donación por la suma total de Doscientos Setenta Mil Quinientos Cuarenta y Dos con 22/100 Soles (S/ 270 542.22), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, como aporte a los damni fi cados por las lluvias, huaicos e inundaciones; Que, el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; debiendo ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias y en caso de montos inferiores a las cinco (5) dicha publicación se realizará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad. Que, en tal sentido, resulta necesario aceptar la donación dineraria efectuada por diversas personas naturales y jurídicas por intermedio de la empresa Telefónica del Perú S.A.A, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, que tendrá como destino fi nanciar actividades de Asistencia Humanitaria para la Atención de personas damni fi cadas y afectadas por las emergencias y desastres; Con las visaciones del Secretario General, del Jefe de la O fi cina General de Administración, del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Jefa de la Ofi cina de Tesorería; De conformidad con Ley Nº 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y, en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y Resolución Suprema Nº 033-2017-DE/; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR la donación dineraria efectuada por diversas personas naturales y jurídicas a través de la empresa Telefónica del Perú S.A.A, por la suma total de Doscientos Setenta Mil Quinientos Cuarenta y Dos con 22/100 Soles (S/.270 542.22), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, conforme a los Cheques de Gerencia de fechas 04 de mayo de 2017 emitidas por el Banco Scotiabank, que tendrá como destino fi nanciar actividades de Asistencia Humanitaria para la Atención de personas damni fi cadas y afectadas por las emergencias y desastres. Artículo 2º.- AGRADECER a la empresa Telefónica del Perú S.A.A y por su intermedio a las personas naturales y Jurídicas que efectuaron su donación producto de la Campaña “TELEFON #UnaSolaFuerza”, por el valioso