Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 4 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Aplicación de requisito El requisito establecido en el literal b. del artículo 4 del Decreto Supremo N° 008-2015-VIVIENDA, es exigido a partir del 1 de enero del 2019. Segunda.- Disposiciones de Austeridad aprobadas en el Marco de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 La modificación efectuada a los requisitos previstos en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 008-2015-VIVIENDA, conforme a lo establecido en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no modifica los Acuerdos de Directorio de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal aprobados en el marco de la Primera Disposición Transitoria de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, los cuales rigen hasta el 31 de diciembre de 2017. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1583367-2

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera a favor de diversas Entidades Ejecutoras para financiar proyectos y actividades en diversos distritos dentro del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 125-2017-DV-PE Lima, 3 de noviembre de 2017 VISTO: El Memorándum Nº0220-2017-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", remite el Anexo Nº 01 que detalla las actividades, proyectos, entidades ejecutoras e importes a ser transferidos; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en

consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD", precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Decreto Supremo Nº 211-2017-EF, de fecha 14 de julio de 2017, el Ministerio de Economía y Finanzas autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en favor ­ entre otros - del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA, para el financiamiento de diversos proyectos de inversión y actividades a ejecutarse en el ámbito de intervención del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS"; Que, mediante Informes Nº 0018-2016-DV-DAT, Nº 0002-2017-DV-DAT y Nº 0074-2017-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos y actividades que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la misma que cuenta con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", en el año 2017, DEVIDA suscribió Adendas y Convenios, con diversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de proyectos y actividades hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 1 629,728.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido la Certificaciones de Crédito Presupuestal Nº 00023, 00246, 00247, 00248, y 01224; que convalida lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, entendiéndose que este documento forma parte de los Informes Previo Favorable Nº 005-2017-DV-OPP/ UPPTO y Nº 028-2017-DV-OPP-UPTO; y adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad a los Planes Operativos de los proyectos y actividades; Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS" y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de UN MILLÓN

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