Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 4 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de personal militar a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1810-2017 DE/CCFFAA Lima, 31 de octubre de 2017 VISTO: El Oficio Nº 6850 CCFFAA/OAI/SEC del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de fecha 12 de octubre de 2017. CONSIDERANDO: Que, mediante Fax Nº 023-2017 de fecha 12 de abril de 2017, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay, hace de conocimiento al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que el Director del Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ), confirma la participación del personal militar de Perú, para que participen en el Curso de Negociación en Operaciones de Paz, a llevarse a cabo en el mencionado Centro de Entrenamiento, ciudad de Buenos Aires - República de Argentina, del 6 al 10 de noviembre de 2017; Que, mediante Oficio Nº 6605 CCFFAA/OAI/SEC de fecha 2 de octubre de 2017, el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, informó que el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, ha propuesto al Coronel EP Antonio Luis CORDOVA Espinoza, Suboficial de Primera FAP María Lourdes HERNÁNDEZ Silva de Benavides y a la Suboficial de Tercera EP Patricia Milagros ROQUE López, para que participen en la mencionada pasantía; Que, conforme a lo expresado en la Exposición de Motivos del Jefe de la Unidad de Operaciones de Paz de la Oficina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a la ciudad de Buenos Aires - República de Argentina, del personal militar de Perú, que se nombra en la parte resolutiva, por cuanto permitirá adquirir e intercambiar conocimiento teóricos, prácticos y las habilidades necesarias para llevar a cabo negociaciones eficientes y eficaces; Que, conforme lo señala la Carta del Director del CAECOPAZ, de fecha 10 de abril de 2017, los gastos de hospedaje, alimentación y transporte interno serán sufragados por la República de Argentina; Que, la Resolución Ministerial Nº 696-2013 DE/SG, de fecha 16 de agosto de 2013, establece los porcentajes máximo de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; considerándose un porcentaje máximo de viáticos de veinte por ciento (20%) cuando la invitación cubra gastos de hospedaje y alimentación; Que, conforme a la Declaración de Gastos del Jefe de Tesorería los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje se ejecutarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DESG; Que, mediante Dictamen Nº 1013 ­ 2017/CCFFAA/ OAJ, de fecha 10 de octubre de 2017, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas considera que el proyecto de Resolución Ministerial, se encuentra acorde con la normativa vigente que regula los viajes al exterior en Misión de Estudios;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, y con el fin de prever la participación oportuna del Personal Militar designado durante la totalidad de días de duración de la referida Misión de Estudios, es necesario autorizar su salida con UN (1) día de anticipación y UN (1) día posterior al término de las mismas, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria, aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, y; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al personal militar que se indica a continuación, para que participen en el Curso de Negociación en Operaciones de Paz, que se llevará a cabo en el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ), ciudad de Buenos Aires - República de Argentina, del 6 al 10 de noviembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 5 de noviembre y su retorno el 11 de noviembre de 2017:
N° Grado, Nombres y Apellidos DNI CIP/NSA

Coronel EP 1 Antonio Luis CORDOVA Espinoza Suboficial de Primera FAP 2 María Lourdes HERNÁNDEZ Silva de Benavides 3 Suboficial de Tercera EP Patricia Milagros ROQUE López

09449710 113859600 42229314 60926903

76217641 451631100

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos (ida y vuelta): Lima ­ Buenos Aires/ República de Argentina - Lima US$. 638.50 x 3 personas (Incluye TUUA) Viáticos: US$. 370.00 X 5 días x 3 personas x 20% Total a pagar: US$. 1 110.00 -------------------------US$. 3 025.50 US$. 1 915.50

Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para lo cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Personal Militar designado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo, los funcionarios autorizados, efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento de la Institución Armada correspondiente del personal

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