Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de noviembre de 2017 /

El Peruano

para participar en la 70ª Reunión del Comité Directivo de la INTOSAI, en representación del Contralor General de la República del Perú; al amparo de las funciones contempladas en los artículos 10 y 12 (numeral 6) del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 028-2017-CG; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fines institucionales autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Oswaldo Esteban Yupanqui Alvarado, Vicecontralor General de la República del Perú, para participar en el referido evento; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, durante el Año Fiscal 2017, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; asimismo, la autorización para viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, entre otros; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, acorde a lo informado por la Gerencia Central de Administración; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Ley N° 30518, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Oswaldo Esteban Yupanqui Alvarado, Vicecontralor General de la República del Perú, a la ciudad de Graz, Austria, del 4 al 9 de noviembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 019: Contraloría General, según el detalle siguiente: pasajes US$ 2 748.78, viáticos US$ 1 080.00 (02 días) y gastos de instalación US$ 540.00 (01 día). Artículo 3.- El citado funcionario presentará al Despacho Contralor, con copia al Departamento de Cooperación Técnica, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1583358-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional José María Arguedas a Ecuador, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS RESOLUCIÓN Nº 0320-2017-CO-UNAJMA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Andahuaylas, 12 de octubre de 2017 VISTOS: La Carta Nº 003-2017-DOTC/DACBHUNAJMA, de fecha 02 de octubre de 2017, la Carta Nº 0144-2017-UNAJMA-DIGII/VPI.D, de fecha 02 de octubre de 2017; el Oficio Nº 072-2017-VP/I-UNAJMA, de fecha 04 de octubre de 2017 y el Acuerdo Nº 07-2017-COUNAJMA, de fecha 10 de octubre de 2017 de la Sesión Extraordinaria de la Comisión Organizadora de la UNAJMA; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28372 del 29 de octubre de 2004, se crea la Universidad Nacional José María Arguedas con sede en la Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac; y por Resolución Nº 035-2017-SUNEDU/CD del 02 de octubre de 2017, el Consejo Directivo de la SUNEDU, otorga la Licencia Institucional a la Universidad Nacional José María Arguedas; Que, la Ley Universitaria Ley Nº 30220 en su Artículo 8º, respecto a la autonomía universitaria, establece que "El estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico"; Que, según Ley Nº 30220 en su artículo 29º, establece "Aprobada la Ley de creación de una Universidad Pública, el Ministerio de Educación, constituye una comisión organizadora por tres (03) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector y como mínimo un (01) miembro en la especialidad que ofrece la Universidad. Esta comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la Universidad formulados en el instrumento de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que constituyan los Órganos de Gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan"; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, de fecha 18 de mayo de 2017, se aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución"; el punto 6.1.3.- Funciones de la Comisión Organizadora, prescribe lo siguiente: "a) Conducir y dirigir la universidad hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la Ley, le correspondan. (...)"; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por los Decretos Supremos Nº 005-2006-PCM y Nº 0562013-PCM; Que, mediante Resolución Nº 0207-2017-COUNAJMA, de fecha 05 de Julio de 2017, se aprueba el proyecto "Difusión de Trabajos de Investigación de la UNAJMA en Eventos Científicos a Nivel Nacionales e Internacionales";

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