Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa­Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes Aéreos: Lima­ Buenos Aires (República Argentina)-Lima: US $ 1,149.88 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 2,299.76 Viáticos US $ 370.00 x 04 días x 02 personas Total a Pagar = US $ 2,960.00 -----------------------= US $ 5,259.76

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1583149-2

ciudad de Panamá ­ República de Panamá, del 20 al 23 de noviembre del 2017; Que, conforme a la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de la Oficina de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau, los gastos derivados por los viáticos y pasajes aéreos internacionales que ocasione la participación en el evento se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 008: Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal superior durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, así como su retorno UN (1) día después de culminado el mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau" y a lo acordado con el Ministro de Defensa y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Raúl DIEZ Alvarado, Sub Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", para que participe en las reuniones de coordinación con la finalidad de firmar un Convenio Marco de Cooperación Académica y de Instrucción, que se realizará en la Universidad Marítima Internacional de Panamá de la ciudad de Panamá ­ República Panamá, del 20 al 23 de noviembre del 2017, así como autorizar su salida del país el 19 de noviembre de 2017; y su retorno, el 24 de noviembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo: Lima ­ Panamá - Lima US$ 635.00 x 1 persona (Incluye TUUA) Viáticos US$ 315.00 x 4 días x 1 persona = US$ 635.00

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1809-2017 DE/ENAMM Jesús María, 31 de octubre de 2017 VISTO: El Oficio Nº 1107 - 2017/ENAMM/OAJ de fecha 17 de octubre del 2017 del Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau"; CONSIDERANDO: Que, mediante carta UMIP-CTRI-069-17 de fecha 10 de octubre del 2017, el Director de Cooperación Técnica Internacional de la Universidad Marítima Internacional de Panamá ha cursado invitación al Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", en la que se incluyen el recorrido del campus universitario y sus áreas de simuladores; así como reuniones con las áreas técnicas especializadas en capacitación marítima; Que, en la Opinión Legal s/n de fecha 09 de octubre del 2017, de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau", se afirma que durante la realización de la mencionada actividad, se tiene previsto reuniones de coordinación con la finalidad de firmar un Convenio de Cooperación Académica y de Instrucción, que tiene como objeto establecer lineamientos y directivas generales para desarrollar mecanismos e instrumentos de mutua cooperación con el propósito de llevar a cabo programas de apoyo recíproco en el ámbito académico, docente y de investigación, a fin de contribuir en la mejora del nivel profesional de cadetes y alumnos de ambas entidades, así como para evaluar la propuesta técnica de los simuladores para mejorar las competencias de los Oficiales Mercantes y gente de mar, por lo que es de interés institucional, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Raúl DIEZ Alvarado, a la

= US$ 1 260.00 TOTAL: US$ 1 895.00

Artículo 3.- El oficial comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047 - 2002 ­ PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1583148-1

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