Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2017 (04/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 4 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

31

Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del citado Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Jorge Luis Juárez Alvarado, del 5 al 11 de noviembre de 2017, a la ciudad de Nueva Guatemala de la Asunción ­ República de Guatemala, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Importe US$ 661.00 X Pers. 1 = Total US$ 661.00

artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1583348-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1083-2017-IN Mediante Oficio Nº 1823-2017-IN-SG, el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 1083-2017-IN , publicada en la edición del 31 de octubre de 2017. En el Artículo 2º (página 21) DICE: Artículo 2°.- (...) Importe US$ 802.00 X 370.00 X Pers. 1 1 Total US$ 802.00 3,330.00

Pasajes Aéreos Viáticos DEBE DECIR:

= =

Artículo 2°.- (...) Importe US$ Días 802.00 370.00 X 9 Pers. Total US$ 1 = 802.00 1 = 3,330.00

Pasajes Aéreos Viáticos 1582968-1

X X

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje de profesional a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0284-2017-JUS Lima, 3 de noviembre de 2017 VISTOS; la Carta Circular/GM-MJSP, del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de la República Federativa de Brasil; el Memorando N° 53-2017-JUS/DM, del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Oficio Nº 1152-2017-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 1272-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Circular/GM-MJSP, de fecha 13 de julio de 2017, el Ministro de Justicia y Seguridad Pública de la República Federativa de Brasil remitió una comunicación oficial a este Ministerio, a través de la cual invita a participar en la XLVI Reunión de Ministros de Justicia del MERCOSUR, a realizarse el día 10 de noviembre de 2017 y a la Segunda Reunión Técnica Preparatoria que la antecede, durante los días 07, 08 y 09

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.