Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2017 (18/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de noviembre de 2017 /

El Peruano

en los numerales 15.2 y 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, motivo por el cual corresponde al OTASS el monitoreo del cumplimiento de los fines y metas de los recursos transferidos y el destino de los mismos, siendo que los recursos públicos transferidos deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza la transferencia; Que, para dicha finalidad, el numeral 43.2 del artículo 43 de la Ley Marco, establece que el fortalecimiento de capacidades incluye la gestión empresarial, la gestión económico financiera y la gestión técnico operativa. La planificación de las acciones para el fortalecimiento de capacidades debe incluir el impacto esperado en cuanto a la mejora de la gestión de los servicios de saneamiento a nivel nacional; Que, concordante a ello, el numeral 192.1 del artículo 192 del Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, señala que el fortalecimiento de capacidades en las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal no incorporadas al RAT, tiene por finalidad fortalecer sustancialmente la gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento, generando condiciones que garanticen la sostenibilidad de estos. Asimismo, el citado fortalecimiento de capacidades que el OTASS brinda a las empresas públicas de accionariado municipal no incorporadas al RAT, se enmarca en el Sistema de Fortalecimiento de Capacidades para el Sector Saneamiento (SFC) a que se refiere el artículo 43 de la Ley Marco; Que, asimismo el numeral 220.1 del artículo 220 del Reglamento de la Ley Marco, establece que las transferencias financieras que realiza el OTASS a las empresas prestadoras en función a lo regulado en el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco, son aprobadas por resolución del titular del pliego, requiriéndose informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho Organismo Técnico, siendo necesario precisar que la resolución del titular del pliego debe publicarse en el diario oficial El Peruano; Que, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A ­ EPS TACNA S.A., es una empresa prestadora de servicios de saneamiento pública de accionariado municipal constituida bajo la forma jurídica de una sociedad anónima, no incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio, cuyo objeto es la prestación de servicios de saneamiento dentro del ámbito de su responsabilidad, conforme a las disposiciones de la Ley Marco u otras normas sectoriales; Que, mediante Oficio N° 1315-2017-300-EPS TACNA S.A. de fecha 31 de mayo de 2017, posteriormente modificado por Oficio N° 2134-2017-300-EPS TACNA S.A., de fecha 13 de setiembre de 2017, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A ­ EPS TACNA S.A., solicitó al OTASS el financiamiento de once (11) acciones de asistencia técnica por un monto de S/ 8,011,607.32 (Ocho Millones Once Mil Seiscientos Siete con 32/100 Soles) para mejorar la gestión operativa y comercial de la empresa prestadora, adjuntando para ello los requisitos señalados en el artículo 4 de la Directiva N° 001-2017- OTASS/CD aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 005-2017-OTASS/CD, que regula el Procedimiento para la Transferencia de Recursos que realiza el OTASS a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal; Que, con Memorándum 670-2017/OTASS-OPP de fecha 22 de agosto de 2017, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorgó la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 8,011,607.32 (Ocho Millones Once Mil Seiscientos Siete con 32/100 Soles), a efectos que se financien las once (11) acciones de asistencia técnica solicitadas por la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento Tacna S.A ­ EPS TACNA S.A, el cual constituye el Informe previo favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a que hace referencia el numeral 220.1 del artículo 220 del Reglamento de la Ley Marco; Que, a través del Informe Técnico N° 004-2017/ OTASS-DEV-ROSSANA BEROLATTI de fecha 15 de setiembre de 2017, la Dirección de Evaluación concluyó

que las once (11) acciones de asistencia técnica para las cuales Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A ­ EPS TACNA S.A, solicita financiamiento, permitirán mejorar la gestión operativa y comercial de la empresa prestadora. Asimismo, evaluó el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Directiva N° 001-2017-OTASS/CD, concluyendo que la solicitud de financiamiento presentada cumple con lo dispuesto en la normatividad vigente; por lo cual otorgó la conformidad de la referida solicitud de financiamiento; Que, mediante Acta de Sesión N° 021-2017 de fecha 27 de setiembre de 2017, el Consejo Directivo del OTASS aprobó la transferencia financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A ­ EPS TACNA S.A., por el monto de S/ 8,011,607.32 (Ocho Millones Once Mil Seiscientos Siete con 32/100 Soles), para la ejecución de once (11) acciones de asistencia técnica para el fortalecimiento de capacidades a fin de mejorar la gestión operativa y comercial de la empresa prestadora; Que, conforme se establece en el numeral 220.2 del artículo 220 del Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, los recursos públicos transferidos a la Empresa Prestadora, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia; caso contrario los funcionarios de la Empresa Prestadora serán susceptibles de las responsabilidades administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar por el uso indebido de los recursos públicos; Que, de conformidad con el literal h) del artículo 23 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OTASS, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA y el Memorándum N° 071-2017-OTASS/DE de fecha 17 de mayo de 2017, emitido por la Dirección Ejecutiva del OTASS, se asignó a la Dirección de Evaluación la función de proveer asistencia técnica a aquellas Empresas Prestadoras no incorporadas en el RAT; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en el artículo 6 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el año fiscal 2017, norma complementaria a la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2017, concordante con el artículo 80.2 de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y el artículo 194 de su Reglamento; es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A ­ EPS TACNA S.A; mediante la correspondiente resolución del titular del pliego; Que, con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Evaluación y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2017 complementada por la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el año fiscal 2017, Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión de Prestación de los Servicios de Saneamiento, Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Reglamento de Organización y Funciones- ROF del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento Tacna S.A ­TACNA S.A Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/. 8,011,607.32 (Ocho Millones Once Mil Seiscientos Siete con 32/100 Soles), con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna

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