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58 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2017 / El Peruano Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Jenaro Herrera, provincia de Requena, departamento de Loreto RESOLUCIÓN N° 0469-2017-JNE Expediente N° J-2017-00259-N01 JENARO HERRERA - REQUENA - LORETOCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, siete de noviembre de dos mil diecisiete.VISTO el O fi cio N° 166-A-MDJH-2017, remitido por Javier Arturo Navarro López, alcalde de la Municipalidad Distrital de Jenaro Herrera, provincia de Requena, departamento de Loreto, en razón de la falta de juramentación al cargo de regidor por parte de Kelvin Laybert Shapiama Barrera. CONSIDERANDOS1. Por medio del O fi cio N° 166-A-MDJH-2017, recibido el 7 de julio de 2017 (fojas 3 y 4), Javier Arturo Navarro López, alcalde de la Municipalidad Distrital de Jenaro Herrera, provincia de Requena, departamento de Loreto, comunica a este órgano electoral que Kelvin Laybert Shapiama Barrera no asistió al acto de entrega de credenciales y juramentación del concejo municipal, a pesar de haber sido convocado para ello, por lo que, atendiendo a que dicho ciudadano no ha realizado el acto de juramentación en el cargo de regidor de la citada comuna, debe entenderse que el alcalde solicita se declare la nulidad de su proclamación y se proceda a la convocatoria del candidato no proclamado que corresponda. 2. Revisados los actuados, efectivamente, a fojas 5, obra la copia fedateada del O fi cio Multiple N° 033-2014-A-MDJH, de fecha 30 de diciembre de 2014, mediante el cual el citado alcalde convocó a Kelvin Laybert Shapiama Barrera, entre otros regidores, a la ceremonia de transmisión de mando e instalación del nuevo concejo municipal periodo 2015-2018, a celebrarse el 31 de diciembre de 2014, en el frontis de la municipalidad. 3. Asimismo, obra de fojas 11 a 13, copia fedateada del Acta de Juramentación del Concejo Municipal Periodo 2015-2018, en la que se consigna que Kelvin Laybert Shapiama Barrera “no estuvo presente”. 4. Así, también, en el expediente obra, a fojas 7, el Ofi cio N° 010-2015-MDJH, del 25 de febrero de 2015, mediante el cual el alcalde de la citada comuna comunica y remite a Kelvin Laybert Shapiama Barrera el O fi cio N° 00582-2015-SG/JNE, de fecha 13 de febrero de 2015, mediante el cual se comunica que el mencionado ciudadano no ha recabado su credencial. 5. En tal contexto, mediante Auto N° 1, de fecha 19 de julio de 2017, se le requirió a los miembros del Concejo Distrital de Jenaro Herrera para que, en el plazo de tres días hábiles, más el término de la distancia, cumplan con presentar el comprobante de pago de la tasa equivalente al 3,68 % de la unidad impositiva tributaria (UIT), establecida en el ítem 51 del artículo segundo de la Resolución N° 465-2014-JNE, del 11 de junio de 2014. 6. Además, mediante O fi cio N° 02169-2017-SG/JNE, del 20 de julio de 2017 (fojas 32), se le requirió al alcalde distrital para que, en el plazo de tres (3) días hábiles, más el término de la distancia, remita el original o copia certi fi cada del informe o certi fi cación actualizada emitida por el secretario general de la entidad municipal, en el cual se indique que el regidor cuestionado no ha realizado el acto de juramentación a la fecha. 7. En respuesta a dichos requerimientos, mediante los O fi cios N° 181-2017-A-MDJH y N° 200-2017-A-MDJH, recibidos el 11 de agosto (fojas 27) y 15 de setiembre de 2017 (fojas 30), respectivamente, la entidad municipal remitió tanto el Informe N° 003-2017-MDJH-TMRS, de fecha 4 de agosto de 2017, mediante el cual secretario general de la Municipalidad Distrital de Jenaro Herrera hace de conocimiento que Kelvin Laybert Shapiama Barrera no asistió al acto de juramentación al cargo de regidor, acto que no ha realizado hasta la fecha, así como el comprobante de pago de la tasa electoral correspondiente. 8. Si bien los requerimientos antes mencionados no fueron atendidos dentro del plazo concedido, teniendo en cuenta lo antes señalado y el tiempo transcurrido, resulta necesario que este colegiado electoral adopte las medidas correspondientes a efectos de garantizar el normal desarrollo de las labores del Concejo Distrital de Jenaro Herrera, provincia de Requena, departamento de Loreto, por lo que corresponde dejar sin efecto la credencial concedida a Kelvin Laybert Shapiama Barrera para que ejerza el cargo de regidor de la citada comuna, en el periodo 2015-2018. 9. Por consiguiente, al caso de autos se debe aplicar supletoriamente lo previsto en el artículo 35 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, que establece que, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio fi nal y que haya fi gurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 10. En el presente caso, se debe convocar a Marcelino Montoya Ruiz, identi fi cado con DNI N° 05858808, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Independiente Loreto - Mi Loreto, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Jenaro Herrera, provincia de Requena, departamento de Loreto. 11. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 22 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Requena, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Kelvin Laybert Shapiama Barrera, como regidor del Concejo Distrital de Jenaro Herrera, provincia de Requena, departamento de Loreto, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Marcelino Montoya Ruiz, identi fi cado con DNI N° 05858808, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Independiente Loreto - Mi Loreto, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Jenaro Herrera, provincia de Requena, departamento de Loreto, a fi n de que complete el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General 1587578-3