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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (18/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2017 El Peruano / medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el año fi scal 2017, Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión de Prestación de los Servicios de Saneamiento, Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y alcantarillado de la provincia de Huaura: Domingo Mandamiento SIPAN S.A – EMAPA HUACHO S.A Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 3 884 556,49 (Tres millones ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y seis y 49/100 Soles) con cargo a los recursos asignados en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y alcantarillado de la provincia de Huaura: Domingo Mandamiento SIPAN S.A – EMAPA HUACHO S.A., para la ejecución de seis (06) acciones de asistencia técnica que permitirán a la Entidad Prestadora mejorar su gestión operativa y comercial, generando condiciones que garanticen la sostenibilidad de dichos servicios, que se sustentan en las correspondientes fi chas técnicas que se detallan en el anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año Fiscal 2017 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, Producto 3.999999: Sin producto, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento Encargar a la Dirección de Monitoreo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento o al Órgano que haga sus veces supervisar la correcta ejecución de los recursos transferidos y verifi car el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario o fi cial El Peruano y en el Portal institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Director Ejecutivo ANEXO A E STRUCTURA DE FINANCIAMIENTO DE ACCIONES DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES – EMAPA HUACHO S.A Proceso DescripciónCódigo de FichaMonto (S/) Comercial Optimización del sistema comercial y distribución mediante la renovación e instalación de 4000 micromedidoresF-GC-01 658,362.46Proceso DescripciónCódigo de FichaMonto (S/) OperacionalOptimización del sistema de distribución de agua potable del sector N°03 sub sector Manzanares I Etapa de la ciudad de Huacho mediante la renovación del equipo de bombeo en la estación de rebombeo N°01 y rehabilitación de la línea de impulsión en la ciudad de HuachoF-GO-01 474,820.96 Optimización del sistema de producción y distribución de agua potable de la EPS EMAPA Huacho S.A. mediante la reposición de las unidades de macromediciónF-GO-02 186,346.20 Optimización de las actividades de mantenimiento por arenamiento y atoros de las redes colectoras de alcantarillado sanitario de la ciudad de HuachoF-GO-03 374,093.00 Renovación de equipos de bombeo y rehabilitación de las estaciones de bombeo de agua potable N° 01, 03, 04, 05, 07 y 10 de la ciudad de HuachoF-GO-04 1,567,062.33 Renovación de los equipos de bombeo y rehabilitación de las estaciones de bombeo de agua potable N° 01 Sayán y N° 02 Végueta sector Las Lagunas F-GO-05 623,871.54 Total 3,884,556.49 1587576-3 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS TACNA S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 065-2017-OTASS/DE Lima, 15 de noviembre del 2017. VISTOS El Informe Técnico N° 004-2017/OTASS-DEV- ROSSANA BEROLATTI de la Dirección de Evaluación, el Memorándum N° 670-2017-OTASS/OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 247-2017-OTASS/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el numeral 80.1 del artículo 80 de la Ley Marco, establece que el OTASS - en el marco de su competencia - cuenta con la función de fortalecer las capacidades de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal no incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio - RAT; Que, para el mejor cumplimiento de las funciones, el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco, establece que el OTASS está facultado para fi nanciar, con cargo a su presupuesto, la adquisición de bienes y servicios necesarios para mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal; para lo cual el OTASS podrá realizar transferencias a las empresas prestadoras de accionariado municipal; Que, la Ley N° 30624 dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el año fi scal 2017, señalando en su artículo 6° que las transferencias de recursos a que se re fi ere el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco, corresponde a transferencias fi nancieras, las cuales se aprueban mediante resolución del titular del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, y sujetándose a lo establecido