Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2017 (19/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 19 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Miraflorino (Sorteo VPM), acorde con la propuesta presentada por la Gerencia de Administración Tributaria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar las disposiciones para el Sorteo Anual del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM, ("Sorteo VPM"), correspondiente al ejercicio 2017 y cuyo texto adjunto forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- Conformar la Comisión Organizadora del "Sorteo VPM", que estará integrada por los funcionarios mencionados en el numeral 7.4 de las disposiciones aprobadas según el Artículo Primero, precisándose que la misma se encargará de la ejecución y control del sorteo, así como de todas las disposiciones necesarias para tal efecto. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Administración Tributaria y de Sistemas y Tecnologías de la Información el cumplimiento del presente decreto, de acuerdo a sus atribuciones; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.miraflores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde DISPOSICIONES PARA EL SORTEO ANUAL DEL PROGRAMA VECINO PUNTUAL MIRAFLORINO - VPM 1. OBJETIVO Establecer las disposiciones que regulen el sorteo de premios entre los contribuyentes que cumplan puntualmente con pagar el Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo. 2. FINALIDAD Premiar a nuestros contribuyentes calificados como Vecinos Puntual Miraflorino, en reconocimiento al cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias observadas durante el ejercicio fiscal 2017. 3. ALCANCE - Gerencia de Administración Tributaria. - Gerencia de Administración y Finanzas. - Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información. - Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. 4. BASE LEGAL - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. - Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal. - Ordenanza Nº 347/MM, que aprueba la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Miraflores. - Ordenanza Nº 355/MM, Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino ­ VPM. 5. VIGENCIA El presente documento rige a partir del día siguiente de su aprobación mediante Decreto de Alcaldía y su Publicación en el Diario Oficial El Peruano así como en la página web de la Municipalidad de Miraflores. 6. DEFINICIONES

Opción: Número de alternativas que tienen derecho los contribuyentes hábiles en relación a la modalidad de pago registrada, sea por cuota o anual. 7. DISPOSICIONES GENERALES 7.1. Participantes del sorteo Tienen derecho a participar en el sorteo, los contribuyentes activos, personas naturales propietarias de por lo menos un predio dedicado a casa-habitación, que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias municipales del ejercicio 2017. Asimismo, no deberán registrar recursos impugnatorios respecto de obligaciones tributarias, debiendo en su caso desistirse de los mismos. Los contribuyentes que cumplan los requisitos precedentes integrarán el "Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo". No podrán participar en el Sorteo el Alcalde, los miembros del Concejo Municipal, los funcionarios, los trabajadores y el personal contratado que presten servicios en la municipalidad bajo cualquier modalidad. 7.2. Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo El Padrón de Contribuyentes será elaborado por la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, siendo el responsable de asegurar la asignación de opciones conforme a lo establecido en el numeral 7.3 del presente documento, debiendo remitir el padrón a la Subgerencia de Recaudación dentro de los primeros tres (03) días hábiles del mes de diciembre de 2017, la que aprobará y enviará en forma oportuna a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional para su difusión en la página web institucional, la cual deberá efectuarse como mínimo cinco (05) días antes de la fecha fijada para el sorteo, permaneciendo hasta la realización del mismo. La información contenida en el Padrón estará ordenada alfabéticamente y contendrá lo siguiente: - Nombres y apellidos de la totalidad de contribuyentes ­ personas naturales propietarias de predios destinados a uso casa-habitación que cumplan las condiciones establecidas en el numeral 7.1 del presente documento. - Código de contribuyente. - Cantidad y número correlativo de opciones que corresponde a cada contribuyente hábil para el sorteo. - Cada opción será representada por un número y se asignará a cada contribuyente hábil en forma progresiva hasta completar la cantidad de opciones que le correspondan. El universo de opciones del padrón de contribuyentes hábiles comenzará con la numeración 000001. - El listado del padrón deberá indicar el número menor y el número mayor de las opciones, para el procedimiento del sorteo. 7.3. Opciones del sorteo Los contribuyentes que integren el "Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo", tendrán opciones, según la fecha de pago de sus obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio del presente año y dependiendo de la cantidad de predios destinados a casahabitación que posean en el distrito. Cada contribuyente que efectúe el pago de sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, hasta la fecha de vencimiento para el pago de Tributos, tendrá derecho a: a. Del Impuesto Predial 01 opción por el pago de cada cuota hasta la fecha de su vencimiento. 04 opciones adicionales por la cancelación anual del tributo hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota. b. De los Arbitrios Municipales

VPM.- Vecino Puntual Miraflorino.- Vecinos que cumplen con sus obligaciones tributarias en forma puntual ante la municipalidad. Padrón de Contribuyentes Hábiles: Listado de contribuyentes que cumplen con la condición para ser catalogados como VPM.

01 opción por el pago de la cuota hasta la fecha de vencimiento, por cada predio destinado a Casa Habitación. 04 opciones adicionales por la cancelación anual del tributo hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota, respecto a cada predio destinado al uso antes referido.

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