Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2017 (22/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 22 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 161-2017-A-MDMM Magdalena del Mar, 17 de noviembre de 2017 LA ALCALDESA (E) DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR VISTO: El Informe N° 058-2017-GPP-MDMM, de fecha 17 de noviembre del 2017, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, respecto al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE; el Memorando N° 630-2017-GM-MDMM, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades" en concordancia con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la Entidad, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el artículo 11º de la Ley 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado establece, como obligación de los servidores y funcionarios del Estado, el privilegiar la satisfacción de las necesidades del ciudadano, brindándole un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo; y otorgándole la información requerida en forma oportuna; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), compila los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fin de contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, mediante Informe N° 058-2017-GPP-MDMM, de fecha 17 de noviembre del 2017, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite los servicios no exclusivos de la Sub Gerencia de Deporte, Recreación y Juventudes, la Sub Gerencia de Educación, Cultura y Espectáculos, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Obras y Catastro y la Sub Gerencia de Fiscalización y Sanciones, con la finalidad de que se realice el trámite correspondiente para su aprobación y posterior, aplicación en esta entidad; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 20º, numeral 6) y 43º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; y con el visto bueno de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, según sus competencias, se encarguen del estricto cumplimiento de lo previsto en el instrumento normativo aprobado, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la notificación y distribución de la presente Resolución, y su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Informática y estadística su publicación en la página web de la entidad www.munimagdalena.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. JACKELIN GRACE ROCIO PAREJA Encargada del Despacho de Alcaldía. 1588816-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Prorrogan para el ejercicio 2018 la vigencia de la Ordenanza N° 000210/MDSA, que prorrogó para el ejercicio 2017 la vigencia de la Ordenanza N° 00177/MDSA que estableció disposiciones para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2016
ORDENANZA N° 000227/MDSA Santa Anita, 26 de setiembre de 2017 VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha que se indica, el Informe Nº 032-2017-GR/MDSA de la Gerencia de Rentas respecto al Proyecto de Ordenanza que prorroga para el ejercicio fiscal 2018, la vigencia de la Ordenanza Nº 000210/MDSA que prorrogó para el ejercicio 2017 la vigencia de la Ordenanza Nº 00177/MDSA que estableció la Estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos, impresión y distribución al domicilio fiscal de los recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2016; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicho cuerpo normativo también les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales. Que la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago, así como su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio. Que con Ordenanza Nº 00177/MDSA se aprobó la Estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos, impresión y distribución al domicilio fiscal de los recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2016, la cual ha sido ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 367 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de Diciembre del 2015. Con Ordenanza Nº 00210/MDSA publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 02 de Noviembre de 2016, se establece Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 00177/ MDSA de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 367 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de diciembre del 2015, estableciéndose para el ejercicio fiscal 2017 los mismos montos del año 2016 por concepto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos, impresión y distribución al domicilio fiscal de los recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Que con Ordenanza Nº 1533-MML modificada por Ordenanza Nº 1833-MML, en su Disposiciones Finales Sétima - Periodicidad de Ratificación de Ordenanzas del servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de Valores para el contribuyente - señala que "Las ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser ratificadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo

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