Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2017 (22/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 22 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES
Servicio Costos Aprobados 2017 S/

65
IPC a Costos Diferencia Agosto Ejercicio 2018 S/ 2017 S/ 1,875,760.91 3,575,708.56 2,372,077.30 7,445,031.27 15,268,578.04 34,974.93 66,671.70 44,229.12 138,818.05 284,693.80

La razón por la cual los Costos Directos han alcanzado una ejecución del 57.58% al mes de Julio, del total aprobado para el presente ejercicio, es que se ha programado para la última parte del año la adquisición de la mayor parte del vestuario e implementos, dado que aún cuentan con un remanente este recurso, asimismo, el mantenimiento preventivo (cambio de baterías, llantas, zapatas y pastillas de freno) de la flota vehicular asignada a este servicio. De otro lado la Gerencia de Gestión Ambiental, mediante su Memorándum N° 260-2017-MDLGGA manifiesta que de la evaluación de los costos ejecutados y proyectados para el presente ejercicio y, contrastados con su plan de servicios proyectado 2018, de los Servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos y Parques y Jardines Públicos, concluye que las necesidades y requerimientos para el año 2018 son iguales a las del año 2017, es decir se va a prestar el servicio de la misma manera, realizando las mismas actividades con los mismos recursos establecidos en la Ordenanza N° 361­MDL, y su modificatoria, Ordenanza N° 364­MDL, las mismas que fueron prorrogadas mediante Ordenanza N° 378­MDL, tan es así que no habrá variación alguna, pudiendo cumplir todas las metas que se han previsto para el año 2018, que son las mismas fijadas para el año 2017. Asimismo, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, mediante su Memorándum N° 620-2017-MDL-GSC, indica que hechas las evaluaciones con los técnicos del área y los funcionarios responsables, se concluye en que sus necesidades y requerimientos para el Ejercicio 2018, del Servicio de Serenazgo, son iguales a lo establecido en la Ordenanza N° 361­MDL, y su modificatoria, Ordenanza N° 364­MDL, las mismas que fueron prorrogadas mediante Ordenanza N° 378­MDL, y a su Plan de Servicios proyectado; y que, con los recursos asignados, teniendo en cuenta lo indicado, se podrá cumplir todas las metas que se han previsto para el año 2018, que son las mismas fijadas para el año 2017. Al respecto, de la documentación e información proporcionada por las gerencias indicadas y que sirvieron para la elaboración de las estructuras de costos 2017, se observa que los costos aprobados en su oportunidad por la Municipalidad Distrital de Lince para el presente año, han sido empleados por la actual Gestión con responsabilidad y eficiencia, situación que permitirá que a fines del ejercicio 2017 se cumpla con alcanzar y eventualmente, superar los niveles de prestación de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo. 2. Costos aprobados para el ejercicio 2018 Atendiendo a que la información de costos del año 2017, resulta siendo la que efectivamente requieren las gerencias prestadoras para la atención de los servicios en el ejercicio 2018, la Municipalidad Distrital de Lince, bajo los lineamientos técnicos señalados y de conformidad con el artículo 8° de la Ordenanza 1533MML, ha procedido al establecimiento de los costos de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, y el importe de las Tasas de Arbitrios correspondientes al ejercicio 2018, tomando como base aquellas que fueran establecidas mediante Ordenanza N° 378­MDL, reajustadas con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor ­ IPC al mes de agosto para Lima Metropolitana, ascendente a 1.90%, establecido en la Resolución Jefatural Nº 277-2017INEI. Bajo los lineamientos técnicos señalados, se ha procedido al establecimiento de los costos de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2018, conforme al cuadro detalle que se indica a continuación:

Barrido de Calles Recolección de Residuos Sólidos Parques y Jardines Públicos Serenazgo Total

1,840,785.97 1.90% 3,509,036.86 1.90% 2,327,848.19 1.90% 7,306,213.22 1.90% 14,983,884.24 1.90%

3. Cuadro de Tasas En el caso de las tasas por los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2018, estas son las establecidas en la Ordenanza N° 378­MDL, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 425, normas que fueron publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" el 09 de diciembre del 2016, reajustadas con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor ­ IPC al mes de agosto para Lima Metropolitana, ascendente a 1.90%, establecido en la Resolución Jefatural Nº 277-2017-INEI, tal como se detalle en los cuadros siguientes: 3.1 TASA DE BARRIDO DE CALLES
Ejercicio 2017 Frecuencia del Servicio Tasa mensual (S/ / ml) (1) 1 2 3 0.8872 1.7744 2.6616 IPC a Agosto 2017 Ejercicio 2018 Tasa mensual (S/ / ml) (3) = (1) x 101.90% 0.9040 1.8081 2.7121

(2) 1.90% 1.90% 1.90%

El Monto mensual a pagar por predio se calcula de la siguiente manera Monto (S/) = Metro lineales de Frontis * Tasa de Barrido según frecuencia del servicio Para el ejercicio 2018, se identifican 25,582 predios afectos en el distrito a los cuales corresponde un total de 20,464 contribuyentes. Asimismo se identifican 29 predios inafectos correspondiente a 8 contribuyentes que no fueron considerados en la distribución del costo del servicio. Los contribuyentes que no se encuentren conforme con la medida del frontis de su predio podrán presentar declaración jurada ante la municipalidad señalando la medida del frontis de su predio con el sustento correspondiente. Asimismo, el siguiente cuadro presenta la frecuencia señalada en la Ordenanza N° 361­MDL, y su modificatoria, Ordenanza N° 364­MDL, publicada en "El Peruano" el 31 de diciembre del 2015, las mismas que fueron prorrogadas mediante Ordenanza N° 378­ MDL, donde se detallan las calles y cuadras en donde se presta el servicio de barrido con "Frecuencias de servicio" 1 y 3 veces al día. La "Frecuencia de servicio" 2 veces al día, comprende al resto de calles o cuadras del distrito.

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