Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2017 (25/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 25 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1590741-4

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JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenado para que cumpla el resto de su condena en centro penitenciario del Reino de España
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 270-2017-JUS Lima, 24 de noviembre de 2017 VISTO; el Informe Nº 221-2017/COE-TPC, del 24 de octubre de 2017, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del ciudadano de nacionalidad española VICTOR MANUEL DÍAZ CARMONA; CONSIDERANDO: Que, el ciudadano condenado de nacionalidad española VICTOR MANUEL DÍAZ CARMONA, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario del Callao, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por el Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, por la comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano; Que, conforme al inciso 2 del artículo 540 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas; Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo; Que, en mérito a la regulación antes señalada, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante el Informe Nº 221-2017/COETPC, del 24 de octubre de 2017, propone acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad española VICTOR MANUEL DÍAZ CARMONA a un centro penitenciario del Reino de España; De conformidad con el Tratado entre la República del Perú y el Reino de España, sobre Transferencia de Personas Sentenciadas a Penas Privativas de Libertad y Medidas de Seguridad Privativas de Libertad así como de Menores bajo Tratamiento Especial, suscrito el 25 de febrero de 1986, vigente desde el 09 de junio de 1987; En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad española VICTOR MANUEL DÍAZ CARMONA, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario del Callao, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Perú en un centro penitenciario del Reino de España. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Aprueban "Programa SECIGRA DERECHO 2018" y determinan los periodos de prestación del Servicio Civil de Graduandos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0307-2017-JUS Lima, 23 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 26113, modificado por la Ley N° 27687, aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, prestado facultativamente por los estudiantes de las Facultades de Derecho de las universidades del país, a partir del último año de estudios profesionales, con la finalidad que los alumnos participantes realicen actividades jurídicas en dependencias de la administración pública, como una acción complementaria para coadyuvar a una pronta y eficiente administración de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando; Que, el artículo 3 del citado dispositivo establece que el SECIGRA-DERECHO se presta en programas de duración anual, cuya fecha de inicio es determinada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; por su parte el artículo 6 del Decreto Ley N° 26113 señala que corresponde a esta entidad organizar y coordinar con las universidades la asignación de los estudiantes; Que, el artículo 2 de la Ley 27687 establece que las dependencias de la Administración Pública determinarán anualmente el número de vacantes para los estudiantes de derecho que opten por hacer el SECIGRA a fin de asumir el pago del estipendio correspondiente, disposición concordante con el artículo 19 del Reglamento de la Ley del Servicio Civil de Graduandos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-JUS, que establece que el monto mínimo que se abona como estipendio mensual, es fijado en la Resolución Ministerial que aprueba el Programa y que no puede ser menor a una Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente a su emisión y que el estipendio está a cargo de la unidad receptora, la que en el marco de su disponibilidad presupuestal, deberá procurar el abono de un estipendio superior al mínimo establecido por la resolución que aprueba el Programa; Que, asimismo, el artículo 8 del acotado Reglamento indica que el Programa SECIGRA DERECHO es aprobado por Resolución Ministerial del Sector Justicia y Derechos Humanos, en la que se determina la fecha de inicio y de finalización del citado Programa; señalando el monto mínimo del estipendio; Que, en tal sentido, corresponde aprobar el "Programa SECIGRA DERECHO 2018", su periodo de prestación, así como el monto mínimo del estipendio que deberán abonar mensualmente las unidades receptoras a los alumnos o egresados que les asignen; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; el Decreto Ley N° 26113, modificado por Ley N° 27687; que aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-JUS;

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