Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2017 (30/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo el diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; asimismo, las políticas nacionales y sectoriales definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas; Que, el citado numeral señala que para la formulación de las Políticas Nacionales, el Poder Ejecutivo debe establecer mecanismos de coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades, según requiera o corresponda a la naturaleza de cada política. Asimismo, dispone que las políticas nacionales y sectoriales se aprueban por decreto supremo, con el voto del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2011PCM se aprueba el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y se crea la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT, que tiene como objetivo coadyuvar en la coordinación y planificación de las acciones a cargo de las entidades públicas y privadas dirigidas a prevenir y combatir los delitos de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, así como hacer el seguimiento de la implementación, cumplimiento y actualización del mencionado Plan Nacional; Que, la CONTRALAFT, en el marco de sus funciones, identificó la necesidad de diseñar una Política Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, la misma que ha sido elaborada a través de un proceso que incluyó la participación de diversas entidades públicas y privadas vinculadas a la materia, a través de la realización de siete (7) talleres de trabajo, en los que se compatibilizaron los intereses generales del Estado orientados a prevenir, detectar, investigar y sancionar de manera eficiente, eficaz y articulada el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, para contribuir a la estabilidad económica, política y social del Perú; Que, teniendo en cuenta la modificación al artículo 3 del Decreto Supremo Nº 057-2011-PCM, efectuada por el artículo único del Decreto Supremo N° 018-2017-JUS, de fecha 12 de setiembre de 2017, resulta necesario designar a un representante del Ministro de Defensa para que conforme la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, así como un miembro alterno; Que, mediante Memorándum N° 0196-2017-MINDEF/ JG, del Gabinete de Asesores del Ministerio de Defensa, se comunica que se ha previsto la designación del Contralmirante (R) Luís Antonio Ramos Vargas, Asesor del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como representante del Despacho Ministerial ante la mencionada comisión; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 0062016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Contralmirante (R) Luís Antonio Ramos Vargas, Asesor del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como representante titular del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo CONTRALAFT. Artículo 2.- Designar al Director de Políticas y Planeamiento Estratégico de la Dirección General de Políticas y Estrategia, como representante alterno ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo CONTRALAFT.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los representantes designados en los artículos precedentes, así como a la Secretaría Técnica de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo CONTRALAFT. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1592202-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de especialista de PROINVERSIÓN a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 457-2017-EF/10 Lima, 28 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al texto vigente del numeral 38.1 del artículo 38 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo N° 254-2017-EF, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es el organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, encargado de diseñar, conducir y concluir procesos de promoción de la inversión privada mediante la modalidad de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, bajo el ámbito de su competencia; Que, del 4 al 6 de diciembre de 2017, se llevará a cabo "The meeting of the Working Party on Responsible Business Conduct and the meeting of the Network of National Contact Points for Responsible Business Conduct" (el encuentro del Grupo de Trabajo sobre Conducta Empresarial Responsable y el encuentro de la Red de Puntos de Contacto Nacionales para la Conducta Empresarial Responsable), en la ciudad de París, República Francesa; Que, la participación de PROINVERSIÓN en las citadas reuniones, en su calidad de Punto Nacional de Contacto de la OCDE en el Perú, tiene como objetivo intercambiar experiencias sobre las diversas situaciones y desafíos en actividades orientadas a difundir e implementar las directrices de la OCDE para empresas multinacionales; así como, participar en las actividades del Comité de Inversiones de la OCDE relacionadas con instrumentos de promoción de la OCDE y buenas prácticas de los países miembros para la promoción de la inversión privada al servicio del crecimiento y del desarrollo sostenible, lo cual incide en un favorable clima de inversiones y mayores flujos de inversiones al país; asimismo, permitirá generar el interés de diversos inversionistas de los países miembros de la OCDE para participar en los procesos de promoción de los diversos proyectos a cargo de PROINVERSIÓN; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación de la señorita Nancy Nelly Bojanich García, Especialista de Inversiones II de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en el citado evento, toda vez que contribuirá a profundizar los vínculos del país con la OCDE; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que los viajes al exterior de los servidores

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