Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2017 (30/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

28
II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN VINCULADAS A: 1 2

NORMAS LEGALES
Contrato de Obra Llave en Mano a Suma Alzada para la construcción de la Central Hidroeléctrica del proyecto. Contrato a Suma Alzada para la ejecución de la Línea de Transmisión requerida para el proyecto.

Jueves 30 de noviembre de 2017 /

El Peruano

1591500-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Crean el "Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derechos Humanos", y dejan sin efecto las RR.MM. N°s. 0004-2016-JUS y 0134-2017JUS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0311-2017-JUS Lima, 28 de noviembre de 2017 VISTOS, el Oficio Nº 1245-2017-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 032-2017-JUS/OGPMOPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y el Informe Nº 1334-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en adelante la Ley, establece que el Ministerio que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en la Ley, crea el Comité de Inversiones para desempeñarse como Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establece el artículo 6 de la misma norma, y como Órgano de coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último; Que, el numeral 8.2 de la Ley, señala que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectuará mediante Resolución Ministerial, que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Supremo N° 410-2015-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, en adelante el Reglamento, señala que el Comité de Inversiones de un Ministerio es un órgano colegiado y está integrado por tres funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la Entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la Ley y el Reglamento; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1251, que modifica el Decreto Legislativo N° 1224, Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y con Decreto Supremo Nº 068-2017-EF se modificó su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 410-2015-EF; Que, mediante artículo 1 del Decreto Supremo Nº 068-2017-EF, que modifica el Decreto Supremo N° 410-2015-EF, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, establece la modificación de diversos artículos, entre ellos, el primer párrafo del numeral 6.2 que señala "El Comité de la Inversión Privada tiene las siguientes funciones (...)"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0004-2016JUS, se crea el Comité de Inversiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la misma que fue

modificada mediante Resolución Ministerial N° 01342017-JUS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de vistos, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remitió el Informe Nº 032-2017-JUS/ OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, mediante el cual, remite la propuesta de modificación de la Resolución Ministerial N° 0004-2016JUS y de la Resolución Ministerial N° 0134-2017-JUS, en los extremos de la conformación del Comité, considerando la nueva estructura y nomenclatura aprobada en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y de incluir a la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario como apoyo técnico necesario al Comité, de conformidad a lo acordado en la reunión del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derechos Humanos, respectivamente; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo propuesto; y, de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Públicos Privadas y Proyectos en Activos y modificado por el Decreto Legislativo N° 1251 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 410-2015-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 068-2017-EF, la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0004-2016-JUS de fecha 11 de enero de 2016 y la Resolución Ministerial N° 0134-2017-JUS de fecha 1 de junio de 2017. Artículo 2.- Crear el "Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derechos Humanos", en el marco del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Públicos Privadas y Proyectos en Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1251, el cual queda conformado de la siguiente manera: - El (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o su representante, quien lo presidirá. - El (la) Director (a) General de la Dirección General de Asuntos Criminológicos. - El (la) Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o su representante. Artículo 3.- El Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derecho Humanos, ejerce las funciones previstas en el Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Públicos Privadas y Proyectos de Activos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1251; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 410-2015-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 068-2017-EF. Artículo 4.- La Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario, la Oficina de Gestión de Inversiones y la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, brindarán el apoyo técnico necesario al Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derechos Humanos. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, se publica en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus. gob.pe).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.