Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2017 (03/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
Pasajes: Viáticos: TOTAL :

Martes 3 de octubre de 2017 /

El Peruano

El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de octubre es el siguiente:
DÍA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 ÍNDICE 8,96659 8,96655 8,96650 8,96646 8,96641 8,96637 8,96632 8,96628 8,96623 8,96618 8,96614 8,96609 8,96605 8,96600 8,96596 8,96591 DÍA 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 ÍNDICE 8,96586 8,96582 8,96577 8,96573 8,96568 8,96564 8,96559 8,96555 8,96550 8,96545 8,96541 8,96536 8,96532 8,96527 8,96523

US$ US$ US$

939,84 2090,00 -------------3029,84

Artículo 3.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1571126-1

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban el Plan de Acción de Control de la Reconstrucción con Cambios, período 2017 - 2020
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 361-2017-CG Lima, 29 de setiembre de 2017 VISTO, la Hoja Informativa Nº 00004-2017-CG/GOS emitida por la Gerencia de Gestión Operativa del Sistema Nacional de Control; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución; Que, la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del gobierno nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, declara prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad, incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental, como consecuencia de acciones que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5 en las zonas de riesgo alto y muy alto de conformidad con la legislación sobre la materia, así como las intervenciones de alcance nacional en dichas zonas; Que, el numeral 7.4 del artículo 7 de la referida Ley N° 30556, señala que las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías que se ejecuten en el marco de la citada Ley, se someten a procedimientos de control gubernamental, con el fin de garantizar un control eficaz sin afectar el dinamismo de la ejecución, siendo que el control se realiza de manera simultánea y está a cargo de la Contraloría General de la República, la cual podrá desarrollar directamente el control gubernamental o a través de empresas auditoras; para tal efecto aprueba un Plan de Acción de Control y podrá dictar las directivas que estime pertinentes. Asimismo, señala que el control se concentra en el cumplimiento de la legalidad, mas no en decisiones técnicas sobre las que tienen discrecionalidad los funcionarios; Que, el citado numeral 7.4 de la Ley N° 30556, establece que el Plan de Acción de Control de las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías que se ejecuten en el marco de la referida Ley, deberá ser aprobado por la

El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1571940-1

Autorizan viaje de funcionario para participar en seminario que se realizará en los EE.UU.
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0061-2017-BCRP-N Lima, 28 de septiembre de 2017 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación para que un funcionario del Banco participe en el Seminario Portfolio Management: Current Trends in Dollar Asset Markets, organizado por el Federal Reserve Bank of New York, que se llevará a cabo del 10 al 13 de octubre en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales para el cumplimiento de sus funciones; La Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos administrar eficientemente las reservas internacionales y velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones externas del Banco; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 14 de setiembre de 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la misión en el exterior del señor Edward Alonso Cardoso Boris, Especialista de la Gerencia de Operaciones Internacionales, del 10 al 13 de octubre a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y el pago de los gastos, a fin de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue:

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