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34 NORMAS LEGALES Martes 3 de octubre de 2017 / El Peruano Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR). Artículo 3º.- Aprobar el cuestionario del “Censo Nacional de Franquicias 2017”, contenido en un dispositivo móvil (TABLET) que será utilizado como instrumento de recojo de información mediante entrevista directa a las empresas del rubro de franquicias. Artículo 4º.- Establecer como periodo de ejecución del proceso de recolección de datos, del 02 de octubre al 24 de noviembre de 2017. Artículo 5º.- Disponer que las empresas que incumplan con presentar la información solicitada dentro del plazo establecido; serán pasibles de ser sancionadas con multas, conforme lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 91º de D.S. Nº 043-2001-PCM. Precisando que el pago de la multa no exime a las empresas de la obligación de presentar loa información solicitada. Regístrese y comuníquese.ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1571857-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban modificaciones al Manual de Especificaciones Técnicas para la remisión a la SMV de Información de los Agentes de Intermediación RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 097-2017-SMV/02 Lima, 29 de setiembre de 2017La Superintendente del Mercado de ValoresVISTOS:El Expediente Nº 2017036127 y el Informe Conjunto N° 970-2017-SMV/10 del 27 de septiembre de 2017, de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y de la Ofi cina de Tecnologías de Información; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, literal a), del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y modi fi cado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley N° 29782, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, mediante Resolución SMV N° 026-2012- SMV/01 del 28 de junio de 2012, se aprobó el Manual de Especi fi caciones Técnicas para la remisión a la SMV de Información de los Agentes de Intermediación, el cual fue modi fi cado mediante Resoluciones de Superintendente Nros. 147-2012-SMV/02 y 047-2017-SMV/02 del 15 de noviembre de 2012 y 30 de mayo de 2017, respectivamente; Que, con Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01 del 15 de diciembre de 2015, se aprobó el Reglamento de Agentes de Intermediación, cuya última modi fi cación fue realizada por Resolución Nº 030-2017-SMV/01 del 14 de septiembre de 2017; Que, la modi fi cación al Reglamento de Agentes de Intermediación, mediante la Resolución Nº 030-2017-SMV/01, generó cambios en el alcance y requerimiento de información de los archivos relacionados con el Manual de Especi fi caciones Técnicas para la remisión a la SMV de Información de los Agentes de Intermediación. Los cambios especí fi cos recaen sobre los datos para el cálculo de indicadores, los códigos de cuentas de archivo de datos para el cálculo de indicadores; y las instrucciones correspondientes; Que, en sesión de directorio N° 1476 del 18 de junio de 2012, el Directorio de la SMV delegó en la Superintendente del Mercado de Valores la facultad para modi fi car el Manual de Especi fi caciones Técnicas para la remisión a la SMV de Información de los Agentes de Intermediación, y, Estando a lo dispuesto por el artículo 1, literal a), y el artículo 5, literal b), del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, y por el artículo 88 del Reglamento de Agentes de Intermediación y, en uso de la facultad delegada por el Directorio de la SMV; RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar las modi fi caciones del Manual de Especi fi caciones Técnicas para la remisión a la SMV de Información de los Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, que se detallan en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 3°.- Disponer la difusión del Manual de Especi fi caciones Técnicas para la remisión a la SMV de Información de los Agentes de Intermediación, incorporando las modi fi caciones que se detallan en el Anexo I de la presente resolución, en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4°.- Las modi fi caciones a que se re fi ere la presente resolución entrarán en vigencia en los plazos previstos en el artículo 4° de la Resolución de Superintendente N° 047-2017-SMV/02. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1571703-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios en diversas Cortes Superiores de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 292-2017-CE-PJ Lima, 27 de setiembre de 2017VISTOS:El O fi cio N° 952-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ; e Informe N° 069-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, respecto a las propuestas de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resoluciones Administrativas Nros. 040-2017-CE-PJ, 075-2017-CE-PJ, 078-2017-CE-PJ, 115-2017-CE-PJ, 157-2017-CE-PJ, 189-2017-CE-PJ, 190-2017-CE-PJ, 227-2017-CE-PJ y 265-2017-CE-