Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2017 (03/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 3 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el financiamiento del Proyecto de Inversión Pública "AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EPSEL PTAP N 2 DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO ­ LAMBAYEQUE", con código de proyecto N° 379819, declarado viable el 20 de febrero de 2017 en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (ahora Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones), a ejecutarse durante el Año Fiscal 2018, bajo el mecanismo previsto en el artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento; Que, mediante los Memorandas N° 1600 y N° 1738-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable respecto a la capacidad presupuestal para el financiamiento del Proyecto de Inversión Pública "AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EPSEL PTAP N 2 DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO ­ LAMBAYEQUE", bajo la modalidad de Obras por Impuestos; asimismo, que el proyecto en mención cumple con los requisitos establecidos en el artículo 10 del referido Reglamento para ser incorporado en la lista de Proyectos priorizados, a ser promovida con la participación del sector privado; Que, mediante Informe Nº 232-2017-VIVIENDAVMCS/DGPPCS, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento sustenta y propone la inclusión del Proyecto de Inversión Pública "AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE EPSEL PTAP N 2 DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO ­ LAMBAYEQUE", en la lista de Proyectos priorizados por Resoluciones Ministeriales Nº 022-2016-VIVIENDA y N° 153-2017-VIVIENDA; Que, el artículo 12 del Reglamento en mención, dispone que la lista de Proyectos priorizados es remitida a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, a efectos que la publique en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida; Que, de acuerdo con la Décimo Séptima Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29230, modificada por Decretos Legislativos N° 1238 y N° 1250, las entidades del Gobierno Nacional bajo los alcances del artículo 17 de la Ley N° 30264 conjuntamente con Gobiernos Regionales o Locales, podrán suscribir convenios de inversión para ejecutar proyectos bajo las disposiciones de la Ley N° 29230, en el marco de sus competencias y de la normatividad vigente; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del referido Reglamento dispone que las entidades públicas pueden solicitar asistencia técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN bajo la modalidad de asesoría o encargo, aprobada en el caso del Gobierno Nacional, mediante resolución del Titular de la Entidad; asistencia que podrá solicitarse para el proceso de selección y para la ejecución del Convenio de Inversión que celebre la Entidad Pública con la(s) empresa(s) privada(s) seleccionada(s), requiriendo del acuerdo previo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; el Decreto Supremo Nº 0362017-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; SE RESUELVE: Artículo 1.- INCLUIR en la lista de Proyectos priorizados a través de las Resoluciones Ministeriales Nº 022-2016-VIVIENDA y N° 153-2017-VIVIENDA, para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento, aprobado por

Decreto Supremo N° 036-2017-EF; el proyecto indicado a continuación, según el siguiente detalle:
MONTO CÓDIGO DE ESTIMADO DE PROYECTO INVERSIÓN (S/)



NOMBRE DEL PROYECTO

"AMPLIACIÓN, MEJORAMIENTO DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE 4 AGUA POTABLE EPSEL PTAP N 2 DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE CHICLAYO ­ LAMBAYEQUE" TOTAL

379819

6 898 594, 00

52 468 484,02

Artículo 2.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, a efectos que publique la lista de Proyectos priorizados, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico; aprobado por Decreto Supremo N° 036-2017-EF. Artículo 3.- SOLICITAR Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, bajo la modalidad de asesoría, para el desarrollo de los procesos de selección de las empresas privadas que financiarán la ejecución de los Proyectos priorizados y de las entidades privadas que supervisarán su ejecución; así como, para la ejecución de los convenios de inversión y/o contratos que celebre la Entidad Pública con las empresas privadas y entidad privada supervisora seleccionadas. Artículo 4.- FACULTAR al Viceministro de Construcción y Saneamiento a suscribir el respectivo Convenio de Asistencia Técnica y la(s) adenda(s) que se requieran en las distintas fases del mecanismo de Obras por Impuestos; a que hace referencia el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- DISPONER que la Oficina General de Estadística e Informática publique la presente Resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1571731-1

Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en beneficio de los damnificados en las zonas declaradas en emergencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2017-VIVIENDA Lima, 2 de octubre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017,

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