Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2017 (19/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de octubre de 2017 /

El Peruano

podrá asignarla sobre la base de la legislación nacional o respaldar los acuerdos entre los armadores que participan en la transferencia. Antes que la transferencia de la cuota se lleve a cabo, el miembro que transfiere deberá notificarla al Secretario Ejecutivo, para que lo transmita a los miembros y partes cooperantes no contratantes sin demora; Que, por Resolución Ministerial N° 453-2017-PRODUCE se modificó, entre otros, el numeral 5.6 de los "Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur", aprobados por Resolución Ministerial N° 262-2016-PRODUCE, estableciendo que la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, ante más de una expresión de interés de las partes contratantes y partes cooperantes no contratantes de la OROP-PS establecerá mediante Resolución Directoral el proceso para asignar la cuota de jurel en el ámbito de dicha organización intergubernamental. Asimismo, con la Resolución Ministerial N° 453-2017-PRODUCE se derogó la Resolución Ministerial N° 392-2016-PRODUCE; Que, de conformidad con el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 453-2017-PRODUCE, se facultó al Viceministro de Pesca y Acuicultura a suscribir, en representación del Ministerio de la Producción, el contrato de explotación de jurel de alta mar asignado por la OROP-PS, con el representante de la empresa cuya expresión de interés haya sido seleccionada como resultado de la aplicación del numeral 5.6 de los "Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur", aprobados por Resolución Ministerial N° 262-2016-PRODUCE, modificados por Resolución Ministerial N° 453-2017-PRODUCE; Que, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura en el Informe N° 299-2017-PRODUCE/DGPARPA-Dpo que hace suyo, señala que para perfeccionar las facultades conferidas al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura en el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 453-2017-PRODUCE y, otorgar seguridades jurídicas sobre las condiciones, requisitos y obligaciones exigibles a los representantes que hayan alcanzado expresión de interés en la explotación del jurel de alta mar conferido al Estado Peruano por la OROP-PS, una vez concluido el proceso a que se refiere el numeral 5.6 de los "Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur", aprobados por Resolución Ministerial N° 262-2016-PRODUCE, modificados por Resolución Ministerial N° 453-2017-PRODUCE, se recomienda aprobar el modelo de contrato de explotación de jurel de alta mar asignado por la OROP-PS; Con las visaciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura, del Director General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 009-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el modelo de Contrato de Explotación de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar asignado al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción

ANEXO MODELO DE CONTRATO DE EXPLOTACIÓN DE JUREL (TRACHURUS MURPHYI) DE ALTA MAR ASIGNADO AL ESTADO PERUANO POR LA ORGANIZACIÓN REGIONAL DE ORDENACIÓN PESQUERA DEL PACÍFICO SUR Conste por el presente Contrato de Explotación de Jurel (Trachurus Murphyi) de Alta Mar asignado al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP-PS), en adelante el Contrato, que celebran de una parte, el Estado Peruano representado por el Ministerio de la Producción, con domicilio legal en la calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por el Viceministro de Pesca y Acuicultura ______________, designado mediante Resolución Suprema Nº ____________, a quIen en adelante se le denominará PRODUCE; y, de la otra parte, _________________, debidamente representada por su _______________, de nacionalidad __________, identificado con ________ N° ______, según poder notarial apostillado en el Consulado de la República del Perú en ________, que se inserta como Anexo, formando parte integrante del presente Contrato, a quien en adelante se le denominará el ARMADOR, en los términos y condiciones que constan en las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL 1.1 Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca y sus normas relgamentarias. 1.2 Resolución Legislativa Nº 30386, Resolución Legislativa que aprueba la Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur. 1.3 Decreto Supremo Nº 071-2015-RE, que ratifica la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur". 1.4 Resolución Ministerial N° 262-2016-PRODUCE, que aprueba los "Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur". 1.5 Resolución Ministerial N° 453-2017-PRODUCE, que modifica los "Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur", aprobados por Resolución Ministerial N° 262-2016-PRODUCE, y derogan la Resolución Ministerial N° 392-2016-PRODUCE, que estableció la fórmula para asignar la cuota de jurel. CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES 2.1 El Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en su artículo 8 establece que la actividad extractiva por embarcaciones de bandera extranjera será supletoria o complementaria de la realizada por la flota existente en el país, y estará sujeta a las condiciones establecidas en la referida Ley y su Reglamento aprobado por Decreto supremo N° 012-2001-PE, así como en los acuerdos internacionales que el Perú celebre sobre la materia, los cuales no podrán contravenir los requisitos comúnmente exigidos por la legislación peruana. 2.2 El Perú es país miembro de la OROP-PS, organización intergubernamental comprometida con la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos pesqueros propios de su ámbito de aplicación en el Océano Pacífico Sur y, al hacerlo, se obliga a salvaguardar los ecosistemas marinos en los que se encuentran los recursos. 2.3 Por Resolución Ministerial N° 262-2016-PRODUCE se aprobaron los "Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur". 2.4 La OROP-PS, según la Medida de Conservación y Manejo 01-2017 Trachurus murphyi, estableció que en

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