Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (19/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 19 de octubre de 2017 / El Peruano b. Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobación correspondiente; c. Ejercer el control interno simultáneo y posterior conforme a las disposiciones establecidas en las Normas Generales de Control Gubernamental y demás normas emitidas por la CGR; d. Ejecutar los servicios de control y servicios relacionados con sujeción a las Normas Generales de Control Gubernamental y demás normas emitidas por la CGR; e. Cautelar el debido cumplimiento de las normas de control y el nivel apropiado de los procesos y productos a cargo del OCI en todas sus etapas y de acuerdo a los estándares establecidos por la CGR; f. Comunicar oportunamente los resultados de los servicios de control a la CGR para su revisión de o fi cio, de corresponder, luego de lo cual debe remitirlos al Titular de la entidad o del sector, y a los órganos competentes de acuerdo a ley; conforme a las disposiciones emitidas por la CGR; g. Comunicar los resultados de los servicios relacionados, conforme a las disposiciones emitidas por la CGR; h. Actuar de o fi cio cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de falsi fi cación de documentos, debiendo informar al Ministerio Público o al Titular, según corresponda, bajo responsabilidad, para que se adopten las medidas pertinentes, previamente a efectuar la coordinación con la unidad orgánica de la CGR bajo cuyo ámbito se encuentra el OCI; i. Elaborar la Carpeta de Control y remitirla a las unidades orgánicas competentes de la CGR para la comunicación de hechos evidenciados durante el desarrollo de servicios de control posterior al Ministerio Público conforme a las disposiciones emitidas por la CGR; j. Orientar, recibir, derivar o atender las denuncias, otorgándole el trámite que corresponda de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Atención de Denuncias o de la CGR sobre la materia; k. Realizar el seguimiento a las acciones que las entidades dispongan para la implementación efectiva y oportuna de las recomendaciones formuladas en los resultados de los servicios de control, de conformidad con las disposiciones emitidas por la CGR; l. Apoyar a las Comisiones Auditoras que designe la CGR para la realización de los servicios de control en el ámbito de la entidad en la cual se encuentra el OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad operativa. Asimismo, el Jefe y el personal del OCI deben prestar apoyo, por razones operativas o de especialidad y por disposición expresa de las unidades orgánicas de línea u órganos desconcentrados de la CGR, en otros servicios de control y servicios relacionados fuera del ámbito de la entidad. El Jefe del OCI, debe dejar constancia de tal situación para efectos de la evaluación del desempeño, toda vez que dicho apoyo impactará en el cumplimiento de su Plan Anual de Control; m. Cumplir diligente y oportunamente, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad operativa, con los encargos y requerimientos que le formule la CGR; n. Cautelar que la publicidad de los resultados de los servicios de control y servicios relacionados se realicen de conformidad con las disposiciones emitidas por la CGR; ñ. Cautelar que cualquier modi fi cación al Cuadro de Puestos, al presupuesto asignado o al ROF, en lo relativo al OCI se realice de conformidad a las disposiciones de la materia y las emitidas por la CGR; o. Promover la capacitación, el entrenamiento profesional y desarrollo de competencias del Jefe y personal del OCI a través de la Escuela Nacional de Control o de otras instituciones educativas superiores nacionales o extranjeras; p. Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la CGR durante diez (10) años los informes de auditoría, documentación de auditoría o papeles de trabajo, denuncias recibidas y en general cualquier documento relativo a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público; q. Efectuar el registro y actualización oportuna, integral y real de la información en los aplicativos informáticos de la CGR;r. Mantener en reserva y con fi dencialidad la información y resultados obtenidos en el ejercicio de sus funciones; s. Promover y evaluar la implementación y mantenimiento del Sistema de Control Interno por parte de la entidad; t. Presidir la Comisión Especial de Cautela en la auditoría fi nanciera gubernamental de acuerdo a las disposiciones que emita la CGR; u. Otras que establezca la CGR.” Artículo 2.- Modi fi car el literal p) e incorporar el literal q) del artículo 13, Modi fi car el literal i) e incorporar el literal j) del artículo 26, Modi fi car el literal g) e incorporar el literal h) del artículo 28, Modi fi car el literal e) e incorporar el literal f) del artículo 30, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Modifícase el literal p) e incorporase el literal q) del artículo 13, modifícase el literal i) e incorpórase el literal j) del artículo 26, modifícase el literal g) e incorpórase el literal h) del artículo 28, modifícase el literal e) e incorpórase el literal f) del artículo 30, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, en los siguientes términos: “Artículo 13.- Funciones de la Secretaría General La Secretaría General tiene las funciones especí fi cas siguientes: (…) p. Conducir y supervisar el desarrollo de las acciones de implementación y fortalecimiento del Sistema de Control Interno y de la Gestión de Riesgos, en el marco de la normatividad vigente; q. Las demás que le asigne el Ministro, y que correspondan a su calidad de órgano de Alta Dirección.” “Artículo 26.- Funciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene las funciones especí fi cas siguientes: (…)i. Coadyuvar y monitorear el desarrollo de las acciones de implementación y fortalecimiento del Sistema de Control Interno y de la Gestión de Riesgos, en el marco de la normatividad vigente; j. Otras funciones que le encargue la Secretaría General.” “Artículo 28.- Funciones de la O fi cina de Planeamiento e Inversiones La O fi cina de Planeamiento e Inversiones tiene las funciones especí fi cas siguientes: (…)g. Formular los instrumentos técnicos para la administración de riesgos; así como coordinar y brindar asistencia técnica a los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos, en la identi fi cación, valoración y respuesta de los riesgos que pueden afectar el logro de los objetivos de la entidad, mitigando los efectos adversos; h. Otras funciones que le encargue el titular de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto.” “Artículo 30.- Funciones de la O fi cina de Organización y Modernización La O fi cina de Organización y Modernización tiene las funciones especí fi cas siguientes: (…) e. Coordinar con los órganos y unidades orgánicas de la entidad, el desarrollo de las acciones de implementación y fortalecimiento del Sistema de Control Interno, en el marco de la normatividad vigente; f. Otras funciones que le encargue el titular de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto.”