Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2017 (19/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 19 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el numeral 8 de las Bases de la XIV Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2017, aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 094-2017-MINEDU y modificadas por Resolución Viceministerial 146-2017-MINEDU, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "8.CRONOGRAMA E INSCRIPCIÓN
Fechas de Inscripción para la siguiente Etapa*

Etapa

Fecha de la prueba

Hora

Modalidad

Responsable de la inscripción

Primera II.EE.

10:00 horas turno mañana 12 de julio Presencial 14:00 horas turno tarde

Segunda UGEL

29 de agosto

11:00 horas

Tercera DRE

29 de setiembre

11:00 horas

El director o quien él designe será el responsable de la inscripción de los ganadores de la I.E. a la segunda etapa (Anexo N° 1) El especialista responsable de ONEM de la UGEL, será el Presencial responsable de la inscripción de los ganadores de la UGEL a la tercera etapa El especialista responsable de ONEM de la DRE, será el responsable de Virtual gestionar la RD para la inscripción de los ganadores de la DRE a la cuarta etapa --

Hasta el 01 de agosto

Hasta el 01 de setiembre

Hasta el 06 de octubre

Cuarta 12 de MINEDU noviembre (Lima)

9:00 horas

Presencial

--

** No se admitirán inscripciones fuera de la fecha establecida."

Regístrese, comuníquese, publíquese. GUILLERMO MOLINARI PALOMINO Viceministro de Gestión Pedagógica 1577551-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban primera modificación a la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Iquitos Nueva de la que es titular Genrent del Perú S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 426-2017-MEM/DM Lima, 17 de octubre de 2017 VISTOS: El Expediente N° 33372916 sobre la solicitud de modificación de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Iquitos Nueva, presentada por Genrent del Perú S.A.C.; y, los Informes N° 527-2017-MEM/DGE-DCE y N° 346-2017-MEM/OGJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de septiembre de 2013, el Ministerio de Energía y Minas, en representación del Estado peruano, y Genrent del Perú S.A.C. suscriben el Contrato de Concesión de Reserva Fría de Generación del proyecto "Suministro de Energía para Iquitos" (en adelante, Contrato de Reserva Fría), obligándose esta última, entre otros, a diseñar, financiar, construir, operar

y mantener una central de generación, con el objeto de proveer en condición de reserva fría la potencia efectiva contratada y su energía asociada necesarias para promover la seguridad del servicio público de electricidad; Que, en el Anexo N° 1 del Contrato de Reserva Fría se establece que el hito Puesta en Operación Comercial de la central de generación debe ser efectuado en el plazo de treinta (30) meses contados desde la fecha de cierre, la misma que ocurre en la fecha de suscripción del Contrato de Reserva Fría. Asimismo, se establece que Genrent del Perú S.A.C. debe solicitar ante la autoridad gubernamental competente la autorización de generación necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 520-2016-MEM/ DM, publicada el 16 de diciembre de 2016, se otorga a Genrent del Perú S.A.C. autorización por tiempo indefinido para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Iquitos Nueva, con una potencia instalada de 78,93 MW, ubicada en el distrito de Punchana, provincia de Maynas y departamento de Loreto; estableciéndose que el hito Puesta en Operación Comercial de este proyecto debe ser efectuado hasta el 5 de junio de 2017; Que, mediante Resolución Ministerial N° 330-2017MEM/DM, de fecha 26 de julio de 2017, se aprobó la Adenda N° 5 al Contrato de Reserva Fría, mediante la cual se prorroga el hito Puesta en Operación Comercial hasta el 20 de octubre de 2017, por causas de fuerza mayor; Que, mediante documento con Registro N° 2737353, de fecha 5 de setiembre de 2017, Genrent del Perú S.A.C. solicita la modificación de la autorización indicada en el tercer considerando, con la finalidad de reflejar en ésta la prórroga del hito Puesta en Operación Comercial aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 330-2017-MEM/DM; Que, conforme al artículo 37-D del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la autorización de generación solicitada como consecuencia de un proceso de promoción de la inversión privada a cargo del Estado recogerá el cronograma de ejecución de obras establecido en dicho proceso; Que, teniendo en cuenta lo señalado en los Informes de Vistos, se verifica que la solicitud de modificación de autorización cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, por lo que procede modificar la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Iquitos Nueva; De conformidad con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la primera modificación a la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Iquitos Nueva, de la que es titular Genrent del Perú S.A.C., a fin de extender el hito Puesta en Operación Comercial hasta el 20 de octubre de 2017. Artículo 2.- Disponer que Genrent del Perú S.A.C. construya las obras correspondientes a la Central Térmica Iquitos Nueva, según el Cronograma de Ejecución de Obras que forma parte de la solicitud de modificación aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. El incumplimiento de la ejecución de dichas obras, conllevará a la revocación de la autorización, de conformidad con el artículo 69 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta de Genrent del Perú S.A.C. dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1577087-1

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