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77 NORMAS LEGALES Viernes 20 de octubre de 2017 El Peruano / Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Yunguyo Sociedad de Responsabilidad Limitada - EMAPA-Y S.R.LTDA. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 1 376,494.94 (Un millón trescientos setenta y seis mil cuatrocientos noventa y cuatro y 94/100 Soles), con cargo a los recursos asignados en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Yunguyo Sociedad de Responsabilidad Limitada – EMAPA-Y S.R.LTDA., para la ejecución de dos (02) acciones de asistencia técnica para fortalecimiento de capacidades, a fi n de mejorar la gestión técnico – operativa y económico – fi nanciera de la empresa prestadora, que se sustentan en las correspondientes fi chas técnicas que se detallan en el anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año Fiscal 2017 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos, Producto 3.999999: Sin producto, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo y seguimiento Encargar a la Dirección de Monitoreo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento o al Órgano que haga sus veces supervisar la correcta ejecución de los recursos transferidos y veri fi car el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario o fi cial El Peruano y en el Portal institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Director Ejecutivo ANEXO Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Yunguyo Sociedad de Responsabilidad Limitada – EMAPA-Y S.R.LTDA. PROCESO ACCION DE MEJORACÓDIGO DE FICHA MONTO S/. OPERACIONALMejoramiento del abastecimiento de agua potable mediante la sectorización de la red de distribución de agua potable de la localidad de Yunguyo.01-GO S/.623,073.96 COMERCIALHabilitación de 2,500 micro medidores para su instalación en conexiones domiciliarias pertenecientes al sistema de agua potable de la localidad de Yunguyo y adquisición de banco portátil para contrastación de medidores.02-GC S/.753,420.98 TOTAL 1,376,494.94 4 1578068-6SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo del SERNANP a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 245-2017-SERNANP Lima, 10 de octubre de 2017VISTO:El Informe N° 205-2017-SERNANP-OA de fecha 06 de octubre de 2017, emitido por la O fi cina de Administración, y: CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, en adelante SERNANP, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente constituye un órgano público técnico especializado, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE; Que, la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales dispone la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado por parte del Instituto de Radio y Televisión del Perú a través de Canal 7 y Radio Nacional del Perú; Que, el artículo 2 del reglamento de la Ley N° 27736 aprobado con Decreto Supremo N° 012-2004-TR, establece la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de remitir sus ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE regulando de esta manera el derecho fundamental del principio de igualdad de oportunidades consagrado en el numeral 1 del artículo 26 de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, en el último párrafo del citado artículo 2 del reglamento dispone que los organismos públicos y empresas del Estado, designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad, la cual será publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, a través de la Resolución Presidencial N° 194-2017-SERNANP de fecha 10 de agosto de 2017, se designó al señor César Augusto Morales Olazabal, en su calidad de Responsable (e) de la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del SERNANP; Que, el documento del visto señala que la Resolución Presidencial N° 241-2017-SERNANP del 02 de octubre de 2017, dio por concluida la encargatura referida en el párrafo anterior, procediendo a designar en el mismo resolutivo al señor Luis Miguel Becerra Chávez, como Responsable de la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, por lo cual solicita emitir la Resolución Presidencial que designe al nuevo responsable de remitir las ofertas de empleo a cargo del SERNANP; Con las visaciones de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y; En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 11, literal e) del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM.