Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2017 (20/10/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Viernes 20 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

63

para determinar el inicio de la implementación del proceso de tránsito al Régimen del Servicio Civil, se requerirá un informe favorable de SERVIR, recomendando las entidades que iniciarán la implementación; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Directiva Nº 003-2015-SERVIR/GPGSC, Directiva de "Inicio del Proceso de Implementación del Nuevo Régimen de Servicio Civil", se entiende que una entidad ha alcanzado un avance significativo cuando ha realizado: el mapeo de puestos, el mapeo de procesos y ha elaborado un informe que contenga el listado de las mejoras identificadas, el listado de las mejoras priorizadas y otras mejoras según los lineamientos generales que disponga SERVIR; documentos que deben ser remitidos a SERVIR para su revisión y no objeción, previa aprobación de la Comisión de Tránsito de la Entidad y contar con el aval del Titular de la Entidad; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, entidad en proceso de tránsito al nuevo régimen del servicio civil, ha presentado a SERVIR el informe de mapeo de puestos, el informe de mapeo de procesos y el informe que contiene el listado de las mejoras identificadas y el listado de las mejoras priorizadas, con la finalidad de obtener la resolución de inicio de proceso de implementación; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, órgano encargado de la implementación y supervisión de las políticas y normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, informa que el Instituto Nacional de Defensa Civil ha cumplido con lo establecido en los artículos 2, 3 y 4 de la Directiva Nº 003-2015-SERVIR/ GPGSC, por lo que procede emitir la correspondiente resolución de inicio de proceso de implementación; Con el visto de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declárese iniciado el Proceso de Implementación del Nuevo Régimen del Servicio Civil en el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1577765-1

Que, de acuerdo a lo establecido en los literales a) y b) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, es responsabilidad de la máxima autoridad de la entidad, adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública dentro de su competencia funcional, designando a los funcionarios responsables de entregar dicha información; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 018-2017-SINEACE/CDAH-P se designó a Olga Isabel Flores Caycho, como responsable de la entrega de información de acceso público; Que, a través de Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 220-2017-SINEACE/ CDAH-P se aprueban modificaciones a la "Norma que define la estructura no orgánica transitoria del Ente Rector del SINEACE", entre las que se incorpora como una de las funciones de la Unidad de Atención al Ciudadano, Trámite Documentario y Archivo: Canalizar las solicitudes de acceso a la información pública; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM; Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; y, la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°. - Dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo primero de Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 018-2017-SINEACE/CDAH-P, en el extremo que se designa a Olga Isabel Flores Caycho como responsable de la entrega de información pública del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE. Artículo 2°. - Designar como responsables de entregar la información de acceso público del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, a las siguientes personas: Responsable Titular: Soledad Isabel Sánchez Chávez Responsable Suplente: Katherine Yessenia Cervantes Tramontana Artículo 3°. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como en el portal institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1577548-1

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Designan responsables de entregar la información de acceso público del SINEACE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 410-2017-SINEACE/P Lima, 17 de octubre de 2017

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Declaran la caducidad de diversos derechos mineros por el no pago oportuno del derecho de vigencia correspondiente a los años 2016 y 2017
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 142-2017-INGEMMET/PCD Lima, 17 de octubre de 2017

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.