Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2017 (21/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 21 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1049-2017-IN Lima, 19 de octubre de 2017 VISTOS; la Carta N° 0061/AMERIPOL ­ PRESIDENCIA, de fecha 31 de mayo de 2017, de la Presidencia de la Comunidad de Policías de América ­ AMERIPOL, la Hoja de Estudio y Opinión N° 407-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 18 de octubre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001592-2017/IN/OGAJ, de fecha 16 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 0061/AMERIPOL ­ PRESIDENCIA, de fecha 31 de mayo de 2017, complementado con la Carta N° 936/AMERIPOL ­ SECRETARIA EJECUTIVA, de fecha 28 de julio de 2017, la Comunidad de Policías de América ­ AMERIPOL extiende invitación a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y a la Jefatura de la Unidad Nacional AMERIPOL ­ PERU, a fin que participen en la "X Cumbre de la Comunidad de Policías de América ­ AMERIPOL", a realizarse del 23 al 26 de octubre de 2017, en la ciudad de Santiago ­ República de Chile; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 407-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 18 de octubre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de Policía Richard Douglas Zubiate Talledo, Director General de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, y del Suboficial Brigadier de Servicios de la Policía Nacional del Perú Eduardo Rafael Peña Collantes, propuesto por la Jefatura de la Unidad Nacional AMERIPOL ­ PERU de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, para que participen en la cumbre antes citada, a realizarse en la ciudad de Santiago ­ República de Chile, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha cumbre tiene como objetivo atender temáticas de interés para la toma de decisiones estratégicas en la promoción de la cooperación policial internacional, lo cual permitirá afianzar y fortalecer a las instituciones policiales del hemisferio en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional y contribuir de forma asertiva en la convivencia pacífica para los conciudadanos; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación de los mencionados comisionados en la cumbre indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento, alimentación y traslados internos, son asumidos por los Carabineros de la República de Chile, conforme lo precisa la Carta N° 0061/AMERIPOL ­ PRESIDENCIA, de fecha 31 de mayo de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 6409-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 18 de octubre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del

Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de Policía Richard Douglas Zubiate Talledo, Director General de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, y del Suboficial Brigadier de Servicios de la Policía Nacional del Perú Eduardo Rafael Peña Collantes, del 23 al 27 de octubre de 2017, a la ciudad de Santiago ­ República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Importe US$ 858.00 X Personas 2 = Total US$ 1,716.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los comisionados a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados.

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