Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2017 (21/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de octubre de 2017 /

El Peruano

Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, en la modalidad de CAS de confianza; Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, realizar las acciones de personal correspondientes. Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional (www.pronied.gob.pe) y a la Oficina General de Administración, su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO GILBERTO RÍOS ESPINOZA Director Ejecutivo Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED 1578928-2

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Ayacucho
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 432-2017-MEM/DM Lima, 18 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 587-2017-MEM/DGFM, del 11 de octubre de 2017, de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas; y el Informe Nº 359-2017-MEM/OGJ, del 11 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal b) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autorizó, durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de Energía y Minas, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, pudiendo incluir saldos de balance que dicho Ministerio previamente incorpora en su presupuesto institucional, para efectuar transferencias financieras a favor de los gobiernos regionales con el objeto de continuar la formalización de la actividad minera a pequeña escala; Que, la citada disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 ­ Ministerio de Energía y Minas ­ Central. Asimismo, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario Oficial "El Peruano", previa suscripción de convenios y/o adendas, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación de los Gobiernos Regionales, quienes reciben las referidas transferencias de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales fueron transferidos; Que, con fecha 31 de agosto del 2017, se suscribió el Convenio No. 010-2017-MEM/DGFM entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Ayacucho, en virtud del cual y en el marco de las normas precedentemente descritas, este Ministerio asumió la obligación, entre otras, de destinar a favor del

citado Gobierno Regional, los recursos presupuestales necesarios para apoyar la continuidad del funcionamiento y mantenimiento del mecanismo de la Ventanilla Única, por un monto total equivalente a la suma de S/ 155 000.00 (Ciento Cincuenta y Cinco Mil con 00/100 Soles); Que, mediante Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2017-03261-001, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Presupuesto informó sobre la existencia de recursos presupuestales por el monto antes señalado, para los fines indicados en el convenio suscrito con el Gobierno Regional de Ayacucho; Que, en consecuencia es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/ 155 000.00 (Ciento Cincuenta y Cinco Mil con 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Ayacucho, destinados a financiar lo establecido en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a fin de continuar con el funcionamiento y mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única en el marco del proceso de formalización minera integral; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y sus modificatorias; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28963, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Ayacucho. Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/ 155,000.00 (Ciento Cincuenta y Cinco Mil con 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Ayacucho para ser destinados exclusivamente para el mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional TOTAL EGRESOS

S/ 155,000.00 S/ 155,000.00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1º de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle:
Pliego Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC Nº 444 Gobierno Regional de Ayacucho S/ 155,000.00 Nº 001 Sede Central - Región Ayacucho Nº 000770 Cuenta Única del Tesoro Público ­ CUT Nº 20452393493

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación interinstitucional para el mantenimiento de la Ventanilla Única celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Ayacucho, correspondiente al Año Fiscal 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1578092-1

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