Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2017 (21/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de octubre de 2017 /

El Peruano

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1578474-1

Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional de Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1053-2017-IN Lima, 20 de octubre de 2017 VISTOS; el Facsímil (DSD) Nº 205, de fecha 3 de octubre de 2017, de la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 390-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 11 de octubre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 001593-2017/IN/OGAJ, de fecha 16 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DSD) Nº 205, de fecha 3 de octubre de 2017, la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú hace de conocimiento de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, que se va celebrar el V Mecanismo de Alto Nivel de Seguridad y Cooperación Judicial (MAN) Perú ­ Colombia, a realizarse del 24 al 26 de octubre de 2017, en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital ­ República de Colombia, para lo cual solicitan que se haga de su conocimiento la delegación de la Policía Nacional del Perú que participará en dicho evento; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 390-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 11 de octubre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Giovani Miranda Riega y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Sabino Deywin Jiménez Álvarez, propuestos por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, para que participen en el evento antes citado, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital ­ República de Colombia, del 23 al 27 de octubre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho evento tiene como objetivo evaluar los resultados del Mecanismo de Alto Nivel de Seguridad y Cooperación Judicial (MAN) Perú ­ Colombia, así como proponer nuevas actualizaciones y mejoras que redunden en el perfeccionamiento de dicho mecanismo, ello con el propósito de generar una mayor cooperación binacional en el accionar de los operadores de justicia en la lucha contra la criminalidad internacional; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 6192-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE.,

de fecha 10 de octubre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Giovani Miranda Riega y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Sabino Deywin Jiménez Álvarez, del 23 al 27 de octubre de 2017, a la ciudad de Bogotá, Distrito Capital ­ República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Pasajes aéreos 542.00 Viáticos 370.00 Días X X 3 X X Personas Total US$ 2 = 1,084.00 2 = 2,220.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo

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