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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (28/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 115

115 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2017 El Peruano / SE ACORDÓ: Artículo 1º.- SOLICITAR al Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud (EsSalud), la ejecución del mejoramiento de la infraestructura de las instalaciones del Hospital EsSalud II Cañete, así como, la implementación de mejores servicios de atención, especialidades médicas y equipamiento de salud; a fi n de brindar una mejor atención a los asegurados de la provincia de Cañete y Yauyos. Artículo 2º.- Facultar al señor Alcalde para las acciones que fuesen necesarias, para el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 3º. - ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, disponer la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1581000-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 025-2017-MPH, que aprobó la Campaña de Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2017-MPH Huaral, 25 de octubre de 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Técnico Nº 003-2017-MPH- GRAT-SGRTR emitido por la Sub Gerencia de Registro Tributario y Recaudación y el Informe Nº 067-2017-MPH-GRAT emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, sobre la prórroga de bene fi cios tributarios 2017; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificatorias, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 025- 2017-MPH la Municipalidad Provincial de Huaral, aprobó la Campaña: “Bene fi cios para el Pago de Deudas Tributarias”, siendo publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 30 de setiembre del 2017. Que, mediante los informes del visto, la Sub Gerencia de Registro Tributario y Recaudación y la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria indican que de acuerdo a los informes y reportes de ingresos, los bene fi cios tributarios han tenido una gran aceptación entre los contribuyentes pero debido a los elevados montos de las deudas, que se re fl ejan en los altos índices de morosidad, vienen efectuando el pago de sus deudas por partes, solicitando que los bene fi cios continúen a fi n de que tengan la posibilidad de pagar la totalidad de deudas; por lo que proponen prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2017 la fecha del vencimiento de los Bene fi cios para el Pago de las Deudas Tributarias. Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 025-2017-MPH se facultó a la Alcaldesa para que, de considerarlo necesario, mediante Decreto de Alcaldía, disponga la prórroga de la vigencia de los alcances señalados en la presente Ordenanza. ESTANDO A LO EXPUESTO, A LAS NORMAS VIGENTES SEÑALADAS Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES – LEY Nº 27972 DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia establecido en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 025-2017-MPH, por 30 días calendarios contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, debiéndose de publicar en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe). Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Secretaría General, Subgerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, Subgerencia de Imagen Institucional, el fi el cumplimiento del presente Decreto; según sus propias competencias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1581339-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO Aprueban formatos con la finalidad de realizar operativos de transporte a vehículos menores motorizados, en aplicación de la Ordenanza Municipal N° 016-2015-MDH DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2017-MDH Huanchaco, 28 de junio del 2017 VISTOS: Informe Nº 38-2017/SGTYOV/GDUR/MDH de fecha 19 de junio del 2017, emitido por la Sub Gerencia de Transportes y Ordenamiento Vial, mediante el cual solicita la Aprobación de Formatos con la fi nalidad de realizar operativos de transporte a vehículos menores motorizados, Informe Legal Nº 301-2017-GAL/MDH, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 194º concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe: “La Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa”; Que, de conformidad con el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos