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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (29/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Domingo 29 de octubre de 2017 El Peruano / Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 309-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, el Decreto Legislativo Nº 1132 aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, la cual tiene como propósito regular y ordenar el pago de las remuneraciones, boni fi caciones y bene fi cios del personal militar y policial, estableciendo una única y nueva escala de ingresos que considera el alto riesgo en el desarrollo de sus labores, el trabajo efectivo y la responsabilidad de sus funciones; Que, el literal c) del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1132 y el artículo 13 del Reglamento de dicho Decreto Legislativo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, establecen que la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es otorgada por única vez al personal militar o policial al momento en que pase a la Situación de Retiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP) establecida en la Ley Nº 28212 y los años completos de servicio prestados, la cual será calculada en función de la remuneración base para la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) regulada en el artículo 21 del referido Decreto Legislativo; Que, mediante O fi cio N° 1297-2017-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, a favor del citado pliego para fi nanciar en el presente año, el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios al mes de agosto de 2017, del personal militar en situación de retiro del Ejército Peruano, de la Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Defensa y por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, se ha determinado que el monto por atender en la genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales asciende a la suma total de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 6 455 558,00), correspondiendo dicha suma al costo del bene fi cio de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) al mes de agosto, para el personal militar en situación de retiro; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 6 455 558,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, para fi nanciar el requerimiento señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fi scal del referido pliego;De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 6 455 558,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, destinado a fi nanciar el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios al mes de agosto 2017, del personal militar en situación de retiro del Ejército Peruano, de la Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 6 455 558,00 —————— TOTAL EGRESOS 6 455 558,00 =========== A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 026 : Ministerio de DefensaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosUNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 469 477,00 —————— Subtotal UE 003 2 469 477,00 ——————- UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 346 797,00 —————— Subtotal UE 004 3 346 797,00 ——————UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 639 284,00 ————— Subtotal UE 005 639 284,00 —————— TOTAL PLIEGO 026 6 455 558,00 =========== TOTAL EGRESOS 6 455 558,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se re fi ere en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.