Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2017 (29/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Domingo 29 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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b) "Partida de Matrimonio" de Alicia Vela Acuña con Ángel Eduardo Vásquez Alayo (fojas 60). c) Declaración Jurada de convivencia con Doris Ana Maximiliano Ricra (fojas 61). d) Copia xerográfica de los DNI de sus hijos César Alaín, María Phylarin y María Phierina Valera Maximiliano (fojas 62 a 64). e) Copia fotostática de su DNI (fojas 65). Pronunciamiento Yarinacocha del Concejo Distrital de

hace 22 años atrás, cuando hizo vida en común (unión de hecho) con Alicia Vela Acuña, ambos se encontraban libres de impedimento y procrearon a su hija. ix. Reitera la adopción del criterio de la Resolución N° 1250-2016-JNE, de fecha 2 de noviembre de 2016, ya que considera a igual hecho, igual derecho. x. Ofrece los medios probatorios de la solicitud de vacancia: a), b), c), d), e), f), x), z), y del descargo del regidor: d); el Acuerdo de Concejo Municipal N° 001-2015MDY, de fecha 7 de enero de 2015, que no adjunta, y la Foto de baile de promoción de Milagritos Valera Vela. En cuanto al segundo elemento de la causal de nepotismo: i. Está probado con los Contratos de Locación de Servicios N° 1702-2015-MDY, de fecha 3 de diciembre de 2015, y N° 054-2016-MDY, de fecha 18 de enero de 2016, que Francisco Robert Vela Acuña fue contratado para realizar labores de apoyo en la Unidad u Oficina de Informática y Estadística de la municipalidad desde diciembre de 2015 hasta el 31 de marzo de 2016, y con el Memorándum N° 007-2017 y la Resolución de Alcaldía N° 010-2017-MDY, ambos de fecha 3 de enero de 2017, que al estar frente del despacho de alcaldía lo designó como Jefe de la Unidad de Tesorería de la municipalidad. Además, dicha documentación junto con los comprobantes de pago prueban que Francisco Robert Vela Acuña ha laborado y percibido remuneración de la municipalidad. ii. Está probado que el regidor no objetó, opuso ni realizó actos de fiscalización contra la contratación de Francisco Robert Vela Acuña. En cuanto al tercer elemento de la causal de nepotismo: Es ilógico que el regidor indique no haber tomado conocimiento de la contratación del tío de su hija, siendo presidente y miembro de comisiones porque su función es fiscalizar. CUESTIÓN EN CONTROVERSIA Determinar si Julio César Valera Silva durante el ejercicio de su cargo como regidor y, luego como alcalde de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali incurrió en la causal de nepotismo prevista en el artículo 22, numeral 8, de la LOM. CONSIDERANDOS Cuestiones generales 1. El recurrente fue notificado con el Acuerdo de Concejo N° 008-2017-SE-MDY el 7 de abril de 2017 mediante Carta N° 067-2017-MDY-OSGA, obrante a fojas 25, en consecuencia, el recurso de apelación, presentado el 10 de abril de 2017, ha sido formulado dentro del plazo establecido en el artículo 23 de la LOM. Asimismo, adjuntó el comprobante de pago de la tasa electoral (fojas 4), y el documento de habilitación para el ejercicio profesional del abogado que suscribió el medio impugnatorio (fojas 22), razones por las cuales al satisfacer las exigencias de forma, corresponde analizar si cabe emitir pronunciamiento de fondo sobre el presente caso. El nepotismo como causal de vacancia de una autoridad municipal 2. El artículo 22, numeral 8, de la LOM, establece que el cargo de alcalde o regidor lo declara vacante el concejo municipal en caso se incurra en la causal de nepotismo, conforme a la ley de la materia. En tal sentido, resulta aplicable la Ley N° 26771, modificada por la Ley N° 30294, cuyo artículo 1, establece: Los funcionarios, directivos y servidores públicos, y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones

En Sesión Extraordinaria N° 006 del Concejo Municipal, de fecha 30 de marzo de 2017, por mayoría (4 votos a favor y 5 votos en contra), se rechazó la solicitud de vacancia (fojas 33 a 39). Dicha decisión se materializó en el Acuerdo de Concejo N° 008-2017-SE-MDY, de fecha 30 de marzo de 2017 (fojas 26 a 31). Recurso de apelación El 10 de abril de 2017, (fojas 5 a 20) el solicitante Charly Escudero Vela interpuso "recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo N° 006-2017-MDY [sic], de fecha 30 de marzo de 2017", por los fundamentos siguientes: En cuanto al primer elemento de la causal de nepotismo: i. El regidor Julio César Valera Silva no ha interpuesto tacha u oposición a los medios probatorios ofrecidos en la solicitud de vacancia, por lo tanto, se tienen por aceptadas y constituyen pruebas plenas. ii. Está probado con las Actas de Nacimiento de Alicia Vela Acuña y Francisco Robert Vela Acuña, expedidas por la Municipalidad Distrital de Yrazola [sic] y por la Municipalidad Distrital de Aucayacu, respectivamente, que ambos son hermanos de padre y madre, figurando como declarante Juan Vela Saavedra; en consecuencia, son parientes en segundo grado de consanguinidad. iii. Está probado con el Acta de Nacimiento expedida por la Municipalidad de Coronel Portillo que Milagritos Valera Vela es hija de Alicia Vela Acuña y del regidor Julio César Valera Silva, quien figura como declarante. iv. Está probado con las Actas de Nacimiento expedidas por la Municipalidad de Coronel Portillo, Municipalidad Distrital de Yrazola y por la Municipalidad Distrital de Aucayacu que Francisco Robert Vela Acuña y Milagritos Valera Vela son parientes en tercer grado de consanguinidad y respecto del regidor cuestionado, son parientes en segundo grado de afinidad, por la causal de unión de hecho. v. No está probado que desde el año 1995 el regidor Julio César Valera Silva conviva con Doris Ana Maximiliano, toda vez que de su declaración jurada se desprende que el hijo concebido con ella, César Alaín Valera Maximiliano, nació el 28 de enero de 1999; sin embargo, su hija Milagritos Valera Vela nació el 6 de junio de 1997, es decir, 1 año y 6 meses antes de dicha convivencia. vi. Está probada la unión de hecho entre el regidor Julio César Valera Silva y Alicia Vela Acuña, puesto que no ha sido desmentido que la sostuvieron antes, durante y después de la concepción de Milagritos Valera Vela, hasta que decide abandonarlas y hacer vida en convivencia con su actual pareja Doris Ana Maximiliano. vii. Está probado que en la actualidad ha desaparecido la unión de hecho con Alicia Vela Acuña pero sí mantiene muy buenas relaciones con ella y con su familia, conforme se acredita con las fotografías y capturas de pantallas obtenidas de las redes sociales, tales como el saludo enviado por el regidor, el 21 de abril de 2015, a las 23:57 horas, a la madre de Alicia Vela Acuña, diciendo: "faltó este humilde servidor, te deseo muchos años más de vida suegrita, felicidades", y de la fiesta de promoción de Milagritos Valera Vela, donde se le ve bailando con su padre Julio César Valera Silva. viii. Enfatiza que no está en discusión si en la actualidad el regidor convive con otra persona, sino que

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