Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2017 (06/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS que crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 2.- Incorporación del artículo 5-A Incorpórase el artículo 5-A al Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, bajo la siguiente redacción: "Artículo 5-A.- Destino excepcional de los productos alimenticios 5-A.1.- Ante una paralización de labores de docentes, desastres naturales u otros eventos de caso fortuito y/o fuerza mayor que impidan la prestación del servicio de alimentación escolar en el marco de la ejecución del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y se pongan en riesgo de eventual vencimiento los productos almacenados en las instituciones educativas públicas bajo la vigilancia de los Comités de Alimentación Escolar, se deberá colocar estos productos a disposición de la Municipalidad Distrital donde se encuentre ubicada la institución educativa, con la finalidad de que los destine a la atención de los comedores populares de su jurisdicción y, sólo a falta de estos últimos, entregue dichos productos a una organización sin fines de lucro. 5-A.2.- Los productos que serán puestos a disposición de la Municipalidad Distrital, en el marco de lo señalado en el numeral 5-A.1, son aquellos alimentos entregados a los Comités de Alimentación Escolar, que se encuentran a catorce (14) días calendario o menos de su fecha de vencimiento y siempre que las labores escolares en las respectivas instituciones educativas no se hayan reanudado. 5.A.3.- El Órgano de Control Institucional competente, en el marco del control simultáneo a que se refiere la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, participa en el proceso de disposición de los productos a que se refiere el numeral 5-A.1." Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Educación y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Disposiciones a implementar En un plazo no mayor a tres (3) días hábiles a partir de la vigencia de la presente norma, el Ministerio de Educación aprueba las disposiciones necesarias para que el presidente del Comité de Alimentación Escolar de la institución educativa realice el inventariado, clasificación y puesta a disposición de los productos comprendidos en el numeral 5-A.2 del artículo 5-A del Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, a las municipalidades distritales. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación FIORELLA GIANNINA MOLINELLI ARISTONDO Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1562300-2

Designan a la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional Cuna Más, como el órgano que realizará funciones de Unidad Formuladora, y a su Responsable
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 188-2017-MIDIS Lima, 4 de setiembre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 363-2017-MIDIS/PNCM/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más; el Proveído N° 3735-2017-MIDIS/VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe N° 276-2017-MIDIS/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, y se deroga la Ley N° 27239, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo N° 1252 establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, dispone que le corresponde al Ministro como Órgano Resolutivo del Sector, entre otros, designar al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su Sector; siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la Directiva N° 0012017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01, establece que el Órgano Resolutivo designa al órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora, así como a su Responsable, quien debe cumplir con el perfil profesional establecido en el Anexo N° 02 de dicha Directiva: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora; Que, mediante el Informe N° 276-2017-MIDIS/SG/ OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización recomienda que la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social realice la designación de la Unidad Formuladora y su Responsable, correspondiente al Programa Nacional Cuna Más; emitiendo opinión favorable respecto a la persona propuesta para ser designada como Responsable de la Unidad Formuladora; De conformidad con la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; el Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0272017-EF, y la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema

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