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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (06/09/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de setiembre de 2017 El Peruano / Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional Cuna Más, como el órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora de dicho Programa; y al señor Nicolás Lucio Vila Espinoza como su Responsable. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas, al responsable indicado en el artículo 1 de la presente resolución, a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y al Programa Nacional Cuna Más. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FIORELLA MOLINELLI ARISTONDO Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1561897-1 EDUCACION Designan unidades formuladoras y a sus responsables, de quince universidades del Sector Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 490-2017-MINEDU Lima, 5 de setiembre de 2017Vistos, el Expediente N° 0155822-2017, el Informe N° 0245-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Unidad de Programación e Inversiones de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, y el Informe N° 815-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; posteriormente se aprueba su Reglamento con el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, el cual fue modi fi cado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF y N° 248-2017-EF, en adelante el Reglamento; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos (OR), las O fi cinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento, establece que, para los fi nes del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las entidades y empresas públicas del Gobierno Nacional se agrupan en Sectores; para lo cual, se aprobó con Resolución Directoral N° 001-2017- EF/63.01, la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 “Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones“, cuyo Anexo Nº 04: “Clasi fi cador Institucional del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones”, agrupa a las Entidades y Empresas por Sectores y niveles de gobierno; estableciéndose para el Sector Educación, las entidades que lo conforman, encontrándose entre ellas, las Universidades Públicas; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento, en concordancia con el literal d) numeral 4.2 del artículo 4 de la referida Directiva, establecen como función del órgano resolutivo, designar al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su Sector, quien debe cumplir con el perfi l profesional establecido en el Anexo Nº 02 de dicha Directiva: Per fi l Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora; Que, el literal h) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento, establece que es función de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, registrar a los órganos del Sector que realizarán las funciones de UF y UEI, así como a sus Responsables, en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, a través del Informe N° 0245-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, el responsable de la OPMI del Sector Educación designado mediante la Resolución Ministerial N° 291-2017-MINEDU, señala que los profesionales propuestos por las quince (15) Universidades Públicas, cumple con el per fi l profesional requerido por el Anexo N° 02 de la Directiva N° 001-2017-EF/63.01; asimismo, señala que las Unidades Orgánicas propuestas como UF forman parte de la estructura organizativa de dichas Universidades, siendo funcionalmente competentes para asumir dichas labores, en consecuencia, otorga su conformidad y recomiendan que los referidos órganos y profesionales propuestos sean designados por el Órgano Resolutivo del Sector; para lo cual adjunta el Formato N° 02 de cada una de las UF para su registro en el Banco de Inversiones; Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, de la Viceministra de Gestión Pedagógica, del Secretario General, de la Unidad de Programación e Inversiones, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF y N° 248-2017-EF; la Directiva Nº 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/63.01; y, el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a las unidades formuladoras y a sus responsables, de las quince (15) universidades del Sector Educación descritas en el Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, a las Unidades Formuladoras designadas mediante la presente resolución, y a sus Responsables. Así como, remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo