Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2017 (06/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Tercera.- Durante la vigencia de la presente norma, se condonaran respecto de las obligaciones pagadas o fraccionadas todas las costas y gastos procesales de todo procedimiento coactivo en trámite. Cuarta.- El plazo de vigencia de la presente ordenanza será desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", hasta el 29 de setiembre del 2017, facultándose al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para establecer su prórroga y su adecuada aplicación. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria a través de la Subgerencia de Registro y Recaudación Tributaria y la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, a la Gerencia de Fiscalización y Control a través de la Subgerencia de Inspecciones y Control de Sanciones, a la Gerencia de Administración y Finanzas así como a la Gerencia de Calidad de Servicios el cumplimiento de la presente ordenanza, Asimismo, disponer que la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones implemente la presente norma en el sistema, la Gerencia de Imagen Institucional cumpla con la difusión de su contenido y a Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN J. GUEVARA BONILLA Regidor Encargado del Despacho de Alcaldía 1561870-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Ordenanza que instituye el sorteo al "Vecino Punteño Puntual"
ORDENANZA Nº 014-2017-MDLP/AL La Punta, 28 de agosto del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria de fecha 24 de agosto del 2017 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y; VISTA: La propuesta de la Gerencia de Rentas, a través del Memorando Nº 288-2017/MDLP/GR de fecha 16 de agosto de 2017, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecen los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, la facultad de crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos es otorgada a los gobiernos locales, siempre que sea dentro de su jurisdicción y con los límites que la ley establece, esto en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y con el artículo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972; Que, conforme al artículo 45º del TUO del ROF de la MDLP, la Gerencia de Rentas tiene como funciones

generales: "1. Planificar, organizar, administrar, ejecutar y supervisar las actividades de generación de recursos económicos tributarios y no tributarios a través de las unidades orgánicas que la integran". Y "3. Proponer a la Alcaldía los lineamientos de política tributaria y proyectos de normatividad tributaria y otros para la generación de ingresos". Que, en el Memorando Nº 288-2017/MDLP/GR, la Gerencia de Rentas menciona que es política de la administración municipal reconocer la responsabilidad y muestra de cultura tributaria de aquellos vecinos que vienen cumpliendo sus obligaciones tributarias puntualmente y, asimismo, incentivar dicho cumplimiento fomentando, de esta manera, la cultura tributaria, por tanto, resulta necesario que se brinde un tratamiento preferencial a dichos vecinos, dentro de las competencias que otorga la ley. En tal virtud, siendo necesario, como se ha señalado, reconocer la puntualidad de los vecinos que cumplen oportunamente con el pago de los tributos correspondientes y, asimismo, incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el Distrito en aquellos vecinos que tienen pendiente hasta la fecha los pagos correspondientes; se propone realizar un sorteo público en el último mes del año, en el que puedan participar los vecinos contribuyentes a través de opciones (representadas por cupones), asignadas según su nivel de cumplimiento; Que, siendo que la presente tiene por finalidad el beneficio para la comunidad punteña, es decir, es de interés público, por lo que la demora en su aplicación sería contraria al mismo, en aplicación del numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicación del proyecto de la misma; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 2062017-MDLP/OAJ, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, APROBÓ la siguiente: ORDENANZA QUE INSTITUYE EL SORTEO AL "VECINO PUNTEÑO PUNTUAL" Artículo 1º.- INSTITUIR el Programa de Sorteos al "Vecino Punteño Puntual" en el Distrito de La Punta, con la finalidad de reconocer y premiar el pago oportuno del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales entre los contribuyentes del Distrito de La Punta. Articulo 2º.- FACULTESE al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Punta, a reglamentar el Programa de Sorteos "Vecino Punteño Puntual" mediante Decreto de Alcaldía; y asimismo, a fin de que dicte todas las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de La Punta el cumplimiento de la presente ordenanza, así como a la Oficina General de Administración y las demás Unidades Orgánicas, brindar el apoyo a dicha Gerencia para el cumplimiento de la misma. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Tecnología de la Información en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1561359-1

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