Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2017 (06/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 6 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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del terreno eriazo de dominio privado de 20 007,42 m2, ubicado en Distrito de Vítor, Provincia y departamento de Arequipa, inscrito a favor del Estado Peruano con N° partida 112668855 en la superintendencia Nacional de los Registros Públicos zona registral N° XII-Sede Arequipa, dispuesto mediante Resolucion de la Oficina de Ordenamiento Territorial N° 058-2013-GRA/OOT, de fecha 24 de Mayo del 2013 ; CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano es propietario del terreno de 20 007.42 m2 ubicado en el Sector La Cano, distrito de Vítor, Provincia y Departamento de Arequipa., el cual se encuentra inscrito en la Partida Registral N° 11266855. Dicha inmatriculación se realizó en base a lo regulado por el inciso b) del Artículo 62° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la cual señala que es función de los Gobiernos Regionales: ( ... ) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción con excepción de los terrenos de propiedad municipal. ( ... ) . Que, del terreno inmatriculado, de 20 007,42 m2 la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones mediante Oficio N° 0244-2016-GRA/GRTC informa... "que al ingresar las coordenadas del predio en consulta en DATUM WGS-84, se puede observar que invade la vía y derecho de vía en su totalidad; por lo que es necesario corregir las coordenadas respetando el derecho de vía del eje de carretera de 10.00 metros a ambos lados de la vía" Que, frente a dicho cuestionamiento la Oficina de. Ordenamiento Territorial con fecha 16 de diciembre del 2016 realizó una Inspección Ocular en el terreno de propiedad del Estado (Informe Técnico Legal N° 0172016-GRA/OOT) verificándose que existe un error en las coordenadas, linderos y medidas perimétricas, por lo que se alcanza un nuevo Plano Perimétrico y de Ubicación del área rectificada. Que, asimismo del INFORME N° 004-2017-GRA/ OOT-RGDM, se recomienda realizar la rectificación de coordenadas, linderos y medidas perimétricas del predio 20 007.42 m2 inscrito en la partida N° 11266855, respetando la vía y derecho de vía que permita su posterior adjudicación Que, teniendo en cuenta el contenido del Decreto Supremo N° 130-2001-EF el cual establece en su Artículo 1 ° que las entidades públicas, deberán por su propia cuenta efectuar el saneamiento técni o, legal y contable de los inmuebles de propiedad estatal. En el inciso "d" del Artículo 20 determina que los Gobiernos Regionales están obligados a realizar el saneamiento descrito en el considerando anterior. Por lo tanto, la Rectificación de coordenadas, Linderos. y Medidas Perimétricas del terreno de propiedad del Estado se encuentra debidamente regulado por el Artículo 70 Inciso "e" del D.S. N° 130-200-EF. Que, estando a la verificación del error en las coordenadas, linderos y medidas perimétricas , que se verifica que el predio invade la vía y derecho de vía (carretera La Joya -La Cano ) en su totalidad, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa emita la Resolución Gerencial General Regional de Rectificación de Coordenadas, Linderos y Medidas Perimétricas del terreno de propiedad del Estado de 20 007,42 m2 inscrito en la Partida N° 11266855 siendo el nuevo perímetro rectificado el de 810.85 m teniendo como nuevos linderos y medidas perimétricas señaladas en planos y memoria descriptiva N° 017-2017-GRA/OOT. Que, una vez realizada la publicación de la Resolución de Rectificación en un plazo no mayor de sesenta días calendarios deberá presentarse ante el Registro de Predios la solicitud de Anotación Preventiva, adjuntando la documentación referida en el Artículo 9° del Decreto Supremo N° 130-2001-EF. Transcurrido el plazo de 30 días calendario de efectuada la Inscripción Provisional,

sin que haya mediado oposición, deberá de solicitarse la inscripción definitiva. Con Informe Nº 658-2017-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 699-2015-GRA/GR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la Rectificación de coordenadas, Linderos y Medidas Perimétricas en favor del Estado Peruano, del predio de 20 007,42 m2 inscrito en la Partida Registral N° 11266855 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XII Arequipa, y publicado en Resolución N° 058-2013-GRA/OOT, ubicado en el Sector La Cano, distrito de Vítor, Provincia y Departamento de Arequipa, siendo el nuevo perímetro rectificado el de 810.85 m así como las coordenadas, linderos y colindancias señaladas en la presente resolución, conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer que la presente Resolución sea publicada por única vez, en el Diario Oficial "El Peruano", otro de circulación regional y en la página web Institucional. Artículo 3°.- Encargar a la Oficina de Ordenamiento Territorial realice el procedimiento señalado en los considerandos de la presente resolución, para obtener la rectificación de Área, Linderos y Medidas Perimétricas del terreno referido en el primer considerando de la presente Resolución. Artículo 4°.- La Zona Registral N° XII Sede Arequipa de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución efectuará la inscripción de la Rectificación de Área, Linderos y Medidas Perimétricas dispuesta. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los ocho (08) días del mes de junio del Dos Mil Diecisiete. Regístrese y comuníquese. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ SILVA Gerente General Regional 1561595-2

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
Institucionalizan la transversalización del enfoque de género en el Departamento del Cusco y aprueban los "Lineamientos Técnicos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas y Gestión de la Región Cusco"
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional del Cusco, mediante Of. Nº 1512017-GR.CUSCO/GG, recibido el 5 de setiembre de 2017) ORDENANZA REGIONAL Nº 116-2016-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en su Trigésima Sesión Extraordinaria del Periodo Legislativo 2016, de fecha 01 de diciembre del año dos mil dieciséis, ha debatido y aprobado emitir la presente Ordenanza Regional: VISTO: El OFICIO Nº 033-2016-GR CUSCO-CRC/ COSCDHMNJAM, de fecha veinticuatro de noviembre

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