Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2017 (09/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 9 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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se ratifica el diagnóstico del Capitán EP (R) José Luis CASAS CARRIÓN, amputación infracondilea transtibial izquierdo BK2 (S88.1 CIE 10 OMS) con prótesis modular tipo TT con sistema Harmony; Que, conforme a lo indicado en el Resumen de la Historia Clínica de fecha 20 de julio de 2017 del Jefe del Servicio Medicina de Rehabilitación, el 14 de abril de 2012, el Capitán EP (R) José Luis CASAS CARRIÓN, en la localidad de Quiteni ­ Cuzco, durante una patrulla sufre accidente con artefacto explosivo, siendo lesionado en cara, tórax, pierna izquierda y muslo derecho, siendo evacuado al Hospital Militar Central, el 15 de abril de 2012, para ser tratado por el servicio de Traumatología y referido a cirugía plástica, siendo dado de alta el 29 mayo de 2012, y posteriormente, evacuado a Estados Unidos de América, el 29 de mayo de 2012, para tratamiento altamente especializado; Que conforme a lo indicado en el Acta de Junta Medica Institucional N° 0254 del servicio de rehabilitación de fecha 26 de julio de 2017, del Comando de Salud del Ejército, el Capitán EP (R) José Luis CASAS CARRIÓN requiere la renovación de socket por deterioro, por lo que deberá acudir a cita programada para la renovación respectiva en Johns Hopkins Hospital, Baltimore, Maryland - Estados Unidos de América, en vista que la prótesis la recibió en la mencionada institución por ser de alta especialidad; Que mediante Fax N° 078/AGREMIL/SEPER de fecha 21 de julio de 2017 y Fax N° 093/AGREMIL/SEPER de fecha 07 de agosto de 2017, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada de Perú en los Estados Unidos de América hace llegar al Comando de Salud del Ejército la carta del Hospital Johns Hopkins, Baltimore, Maryland, Estados Unidos de América dirigida al paciente Capitán EP (R) José Luis CASAS CARRIÓN, mediante la cual comunica que sus próximas citas serán los días 11 y 13 de setiembre de 2017; Que, mediante el Dictamen N° 2402-2017/OAJE.L-12, de fecha 31 de agosto de 2017, del Jefe de Asuntos Jurídicos del Ejército, es pertinente autorizar el viaje del Capitán EP (R) José Luis CASAS CARRION, de conformidad con lo recomendado por los médicos especialistas del Hospital Militar Central y en atención a la carta cursada por el Hospital Johns Hopkins, Baltimore, Maryland, Estados Unidos de América; y con la finalidad que el Oficial Subalterno reciba el tratamiento al que se hace referencia, considera de necesidad primaria dicha atención especializada; Que conforme a la Hoja de Gastos de fecha 29 de agosto de 2017, del Jefe de la Sección Presupuesto del Comando de Salud del Ejército, hace constar que los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos internacionales y compensación extraordinaria que ocasione la presente autorización de viaje, se ejecutarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora N° 003-Ejército Peruano, conforme a lo dispuesto en los literales a) y c) del artículo 15 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, con la Hoja de Recomendación N° 006/ COSALE del 31 de agosto de 2017, el General de Ejército Comandante General del Ejército, propone la evacuación Internacional del Capitán EP (R) José Luis CASAS CARRIÓN, al Hospital Johns Hopkins, Baltimore, Maryland, Estados Unidos de América, para mantenimiento y cambio de socket por deterioro, por el periodo de dos (02) meses, comprendido entre el 10 de setiembre al 09 de noviembre de 2017; Que, el artículo 15 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, establece que el personal militar en situación de disponibilidad y retiro cuya lesión o afección ha sido contraída en Acción de Armas o en Acto, con ocasión o como consecuencia ser servicio, y cuyo estado de salud requiera necesariamente tratamiento médico altamente especializado, podrá ser evacuado en centros de salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal, para lo cual deberá contar previamente con el peritaje médico e informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada; Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 7782008-DE/SG del 25 de julio de 2008, prescribe que los Órganos Competentes, Organismos Descentralizados,

Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viaje del personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducida en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentra percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión de Estudios, Comisión de Servicios o Tratamiento Médico Altamente Especializado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2003-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, concordado con la Resolución Ministerial N° 1500-2016-DE/SG, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial N° 10172015-DE/SG, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del Capitán EP (R) José Luis CASAS CARRION, identificado con CIP N° 121265600, DNI N° 43275024, al Johns Hopkins Hospital, ubicado en la ciudad Baltimore, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, a fin de realizar la renovación de socket por deterioro, en el periodo comprendido entre el 10 de setiembre de 2017 al 09 de noviembre de 2017; Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército Peruano, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero. US$ 4,812.54/30x 21 días (10 al 30 Set 17) US$ 4,812.54 (01 al 31 Oct 17) US$ 4,812.54/30x 09 días (01 al 09 Nov 17) Pasajes Aéreos Internacionales US$ 1,778.38 x 1 persona TOTAL US$ 1 778.38 -------------------US$ 11 403.45 US$ 3 368.77 US$ 4 812.54 US$ 1 443.76

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se

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