Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2017 (09/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 9 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Fuerza Aérea del Perú Sociedad Anonima Cerrada (SEMAN PERÚ SAC), el cual se encuentra certificado por la Administración de Aviación Federal de los Estados Unidos de América (FAA) desde el año 1988, para la realización de trabajos de mantenimiento en aeronaves, motores, materiales, radios, instrumentos, pruebas no destructivas y otros servicios especializados; además, posee certificaciones similares de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC-PERU) y de otras organizaciones aeronáuticas latinoamericanas; Que, el SEMAN PERÚ SAC tiene la necesidad de transmitir confianza en la capacidad que ostenta, por cuanto, sus actividades comerciales se basan en la captación de clientes locales y extranjeros que confían el mantenimiento de sus aeronaves de alto costo a talleres de reconocido prestigio; Que, mediante las Cartas de fecha 14 de agosto de 2017, el Vicepresidente de Ventas y Marketing de la Academia Internacional de Aviación Pan Am, comunica que el curso "Engine Run Up and Taxi B-737" se realizará en sus instalaciones, ubicadas en la ciudad de Miami, estado de Florida ­ Estados Unidos de América del 11 al 15 de setiembre de 2017; Que, mediante el Oficio NC-17-LOPL-N° 1272 de fecha 09 de agosto de 2017, el Director General de Logística de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el Curso "Engine Run Up and Taxi B-737", que se realizará en la Academia Internacional de Aviación Pan Am, ubicada en la ciudad de Miami, estado de Florida ­ Estados Unidos de América del 11 al 15 de setiembre de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el Curso "Engine Run Up and Taxi B-737", que se realizará en la Academia Internacional de Aviación Pan Am, ubicada en la ciudad de Miami, estado de Florida ­ Estados Unidos de América del 11 al 15 de setiembre de 2017; por cuanto, permitirá que, el personal aerotécnico designado se encuentre calificado y certificado para realizar el corrido de las aeronaves B-737 que se procesan en el SEMAN, contribuyendo a garantizar la confiabilidad en los trabajos operacionales de acuerdo a estándares de calidad que exigen las autoridades aeronáuticas nacionales y extranjeras; redundando en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido curso, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0113 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 24 de agosto de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; lo cual incluye para el presente evento, pasajes aéreos internacionales y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 07 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de

2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, y; Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el Curso "Engine Run Up and Taxi B-737", que se realizará en la Academia Internacional de Aviación Pan Am, ubicada en la ciudad de Miami, estado de Florida ­ Estados Unidos de América del 11 al 15 de setiembre de 2017; así como, su salida el 10 de setiembre y retorno el 16 de setiembre de 2017:
Técnico Inspector FAP NSA: O-60536487 Técnico de 1ra. FAP NSA: S-60562788 EDUARDO AMANCIO FERNANDEZ LLANA DNI: 43336893 CARLOS ENRIQUE TAMARIZ CHERO DNI: 08883972

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Miami (Estados Unidos de América) Lima: US $ 1,550.26 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,100.52 Viáticos US $ 440.00 X 05 días X 02 personas Total a Pagar = US $ 4,400.00 -------------------= US $ 7,500.52

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1563243-1

Autorizan viajes de personal de CONIDA a Irán y Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1249-2017 DE/CONIDA Jesús María, 8 de setiembre de 2017 VISTO: El Oficio CONIDA/JEINS/SEGEN N° 628-2017 del Jefe Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial, de fecha 07 de setiembre de 2017. CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Verbal APSCO/2017/ER&LA/013f de fecha 26 de julio de 2017, de la Organización para la

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