Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2017 (09/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 9 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1562907-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1238-2017 DE/FAPLima, 6 de setiembre de 2017 Visto, el Acta de la VII Reunión de la Comisión Mixta de Defensa Hispano-Peruana de fecha 27 de octubre de 2016, la Carta de fecha 06 de junio de 2017 del Agregado de Defensa a la Embajada de España en la República del Perú y el Oficio NC-900-CAA7-N° 0430 de fecha 04 de julio de 2017 del Comandante de Control Aeroespacial de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene relaciones bilaterales con otras Fuerzas Aéreas a nivel mundial en el marco de las medidas de confianza mutua y de seguridad, así como para el logro de entendimientos en materia de estudios, capacitación e intercambios operacionales, lo que sin duda beneficia al personal participante y a la institución; Que, mediante la actividad ES-23 del Plan de Cooperación Bilateral del Acta de la VII Reunión de la Comisión Mixta de Defensa Hispano-Peruana de fecha 27 de octubre de 2016, se acordó realizar el Intercambio de expertos en Defensa Aérea, por un periodo de cuatro (04) días en el Reino de España; Que, mediante la Carta de fecha 06 de junio de 2017, el Agregado de Defensa a la Embajada de España en la República del Perú; informa que el Intercambio de expertos en Defensa Aérea se realizará en la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, ubicada en la Comunidad de Madrid ­ Reino de España del 25 al 29 de setiembre de 2017; Que, mediante el Oficio NC-900-CAA7-N° 0430 de fecha 04 de julio de 2017, el Comandante de Control Aeroespacial de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el Intercambio de expertos en Defensa Aérea, que se realizará en la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, ubicada en la Comunidad de Madrid ­ Reino de España del 25 al 29 de setiembre de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el Intercambio de expertos en Defensa Aérea, que se realizará en la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, ubicada en la Comunidad de Madrid ­ Reino de España del 25 al 29 de setiembre de 2017; por cuanto, permitirá conocer el nivel de cooperación y coordinación Civil-Militar en tareas de Vigilancia, Control y Defensa del Espacio Aéreo; redundando en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación; así como, su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0100 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 08 de agosto de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento pasajes aéreos internacionales y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 07 del Decreto Supremo N° 002-2004-DESG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el Intercambio de expertos en Defensa Aérea, que se realizará en la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, ubicada en la Comunidad de Madrid ­ Reino de España del 25 al 29 de setiembre de 2017; así como, su salida del país el 23 de setiembre de 2017 y retorno el 01 de octubre de 2017: Coronel FAP NSA: O-9576689 Coronel FAP NSA: O-9572889 LUIS JOSE CALLIRGOS ROBLES DNI: 43350370 JUAN CARLOS RAUL ABADIE LLAQUE DNI: 18111409

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima - Comunidad de Madrid (Reino de España) ­ Lima US $ 2,075.24 X 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 4,150.48 Viáticos US $ 540.00 x 05 días X 02 personas Total a Pagar = US $ 5,400.00 ---------------------= US $ 9,550.48

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo

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