Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2017 (10/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 10 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Oficio CONIDA/JEINS/SEGEN N° 632 -2017 del Jefe Institucional de CONIDA, de fecha 07 de setiembre de 2017. CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 047-2017-2018-CCIT/ CR de fecha 05 de setiembre de 2017, el Presidente de la Comisión de Ciencia, Innovación y Tecnología del Congreso de la República, solicita al Ministro de Defensa se sirva autorizar al Mayor General FAP Carlos David CABALLERO LEÓN - Jefe Institucional de CONIDA a participar en el Seminario Internacional de Parques Científicos y Tecnológicos: "Transfiriendo la Experiencia de Barcelona", a llevarse a cabo del 12 al 14 de setiembre de 2017 en la ciudad de Barcelona ­ Reino de España; Que, conforme a la exposición de motivos del Director Técnico del Centro Nacional de Operaciones de Imágenes Satelitales ­ CNOIS, la participación en el mencionado Seminario permitirá obtener información de primera mano con los representantes europeos sobre los avances en los campos científico y tecnológico, cuya utilidad redundará en la actualización de los datos de la formación de los futuros cuadros profesionales en función de los proyectos que se vienen desarrollando en la comunidad internacional, así como compartir conocimientos y experiencias respecto a la implementación de parques científicos y tecnológicos para su replicación en el Perú; Que, según lo señalado en el Informe CONIDA/ OFAJU N° 231-2017 de fecha 07 de setiembre de 2017, es de interés institucional autorizar la participación del Coronel FAP Edgar Eloy GUEVARA CONTRERAS, Director Técnico del Centro Nacional de Operaciones de Imágenes Satelitales ­ CNOIS en representación del señor Jefe Institucional de CONIDA; Que, conforme al referido Informe, por ser de interés para CONIDA y el Sector Defensa promover iniciativas para el desarrollo del sistema aeroespacial peruano, es de opinión favorable que el Coronel FAP Edgar Eloy GUEVARA CONTRERAS participe en el Seminario Internacional de Parques Científicos y Tecnológicos: "Transfiriendo la Experiencia de Barcelona", debido a que permitirá obtener información en los campos científico y tecnológico, cuya utilidad redundará en el beneficio de CONIDA; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación, así como su retorno UN (1) día después de su término, sin que uno de los días de antelación al evento y el día posterior al mismo irroguen gasto alguno al Estado; Que, el artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, dispone que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, antes del inicio de la comisión de servicios; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento; Que, conforme a la Hoja de Gastos de la Directora de Planificación y Presupuesto de CONIDA, de fecha 07 de setiembre de 2017, los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos internacionales y viáticos que ocasione el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 006: Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial CONIDA, de conformidad con el inciso a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

Estando conforme a lo propuesto por el Jefe Institucional de CONIDA, y; De conformidad con el Decreto Legislativo 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias que reglamentan los viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel FAP Edgar Eloy GUEVARA CONTRERAS, identificado con DNI Nº 43314181, Director Técnico del Centro Nacional de Operaciones de Imágenes Satelitales ­ CNOIS, para que participe del 12 al 14 de setiembre de 2017, en el Seminario Internacional de Parques Científicos y Tecnológicos: "Transfiriendo la Experiencia de Barcelona", a llevarse a cabo en la ciudad de Barcelona ­ Reino de España; autorizando su salida del país el día 10 de setiembre de 2017 y su retorno al país el día 15 de setiembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial CONIDA, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos Internacionales: US$ 2,277.31 x 1 persona = US$ 2,277.31

Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 4 días = US$ 2,160.00 -------------------Total a pagar = US$ 4,437.31 Artículo 3.- El personal autorizado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular del Sector, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo debe efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1563735-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1264, Decreto Legislativo que establece un régimen temporal y sustitutorio del Impuesto a la Renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas
DECRETO SUPREMO Nº 267-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1264 se establece un régimen temporal y sustitutorio del impuesto

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