NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (14/09/2017)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Jueves 14 de setiembre de 2017 El Peruano / Que, mediante el o fi cio de vistos, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha solicitado al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables acreditar a los representantes titular y alterno del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables que participarán en la Comisión Nacional contra la Discriminación (CONACOD), por lo que es necesario actualizar la designación del Sector; Que, en tal sentido se hace necesario expedir la correspondiente Resolución Ministerial a efectos de dar por concluida la designación de las representantes titular y alterna, así como designar a los nuevos representantes del MIMP ante la citada Comisión Nacional; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo № 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo № 015-2013-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora MARGARITA MARÍA DÍAZ PICASSO y de la señora ROSA AMELIA VALLEJOS LIZÁRRAGA como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante la Comisión Nacional contra la Discriminación (CONACOD), creada mediante Decreto Supremo № 015-2013-JUS, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora GRECIA ELENA ROJAS ORTIZ, Directora General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, y a la señora JENNY YAMAMOTO UMEZAKI, Directora II de la Dirección de Políticas de Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante la Comisión Nacional contra la Discriminación (CONACOD), creada mediante Decreto Supremo № 015-2013-JUS. Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución a la Presidencia de la citada Comisión Nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1565303-3 RELACIONES EXTERIORES Designan Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0623/RE-2017 Lima, 12 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de dicha Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el artículo 6° de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de con fi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;Que, mediante Resolución Ministerial N° 0474/RE- 2017 se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual contempla el cargo de Asesor del Despacho Ministerial, cali fi cado como cargo de con fi anza; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor del Despacho Ministerial correspondiente al cargo estructural 007-Asesor, código 008 01 00 2, clasi fi cación EC (Empleado de Con fi anza); Que, resulta necesario designar al abogado Juan José Ruda Santolaria en el cargo de Asesor del Despacho Ministerial; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al abogado Juan José Ruda Santolaria en el cargo de con fi anza de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir de la fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1564845-1 SALUD Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 817/2017/MINSA Lima, 13 de setiembre del 2017Visto, el Expediente N° 17-067455-001 que contiene la Nota Informativa N° 378-2017-DIGEMID-DG-DICER-UFLAB-AICLAB/MINSA, emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certi fi car y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley implementando un sistema de administración e fi ciente sustentado en estándares internacionales; Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certi fi cado de Buenas Prácticas de Manufactura, emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas-DIGEMID como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripción y reinscripción de dichos productos en el Registro Sanitario; Que, asimismo, el artículo 22 de la acotada Ley dispone que las personas naturales o jurídicas públicas y privadas que se dedican para sí o para terceros a la fabricación, la importación, distribución, almacenamiento, dispensación o expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, deben cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y en las Buenas