Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2017 (14/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 14 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscritos los Formularios Registrales y efectuados los pagos de los valores totales de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, los Formularios Registrales y copias certificadas de los documentos que acrediten el pago de los montos de los valores totales de las Tasaciones, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre los bienes inmuebles, los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Regístrese, comuníquese y publíquese BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones
Anexo Valores Totales de las Tasaciones correspondientes a las áreas de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lima - Canta La Viuda - Unish, Tramo: Canta - Huayllay". VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/) 17, 705.20 9, 131.85 INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR VALOR TOTAL COMERCIAL DE LA TASACIÓN DEL (S/) INMUEBLE (S/) 3, 541.04 1, 826.37 21, 246.24 10, 958.22



CÓDIGO

01 02

AF-002 AF-018

1565017-3

Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 915-2017 MTC/01 Lima, 13 de setiembre de 2017 VISTOS: El Informe N° 297-2017-MTC/09.01 y el Memorándum N° 1497-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Oficio N° 298-2017/ PROINVERSION/DE de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada­PROINVERSION; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 254-2017-EF, en adelante el TUO del Decreto Legislativo N° 1224; tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, aprobado por Decreto

Supremo N° 410-2015-EF, modificado por los Decretos Supremos N° 068-2017-EF y N° 243-2017-EF, en adelante el Reglamento, establece que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas, en adelante el Informe Multianual, es el instrumento de gestión elaborado, entre otros, por cada Ministerio, que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, a fin de ser incorporados al proceso de promoción de la inversión privada en los siguientes tres (03) años a su emisión, para lo cual puede solicitar asistencia técnica a PROINVERSIÓN o al Ministerio de Economía y Finanzas; además, dicho Informe tiene una vigencia de tres (03) años contados a partir de su aprobación; Que, el numeral 14.2 del artículo 14 del Reglamento, señala que la propuesta del Informe Multianual es realizada por el órgano encargado de planeamiento del Ministerio, considerando su Programación Multianual de Inversiones en el marco de las normas que regulan el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y los lineamientos para el desarrollo del Informe Multianual de Inversiones en APP que emite el Ministerio de Economía y Finanzas; siendo responsabilidad del Comité de Promoción de la Inversión Privada la elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas, para lo cual da conformidad a la propuesta presentada por el órgano encargado de planeamiento; Que, el numeral 14.3 del artículo 14 del Reglamento, indica que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas y sus modificaciones, es aprobado mediante Resolución Ministerial del Sector a más tardar el 01 de agosto del año respectivo; fecha que para el año fiscal 2017 ha sido modificada mediante Decreto Supremo N° 243-2017-EF, estableciendo que el referido Informe Multianual debe aprobarse a más tardar el 30 de setiembre del presente año; Que, de acuerdo a lo dispuesto por los numerales 15.2 y 15.3 del artículo 15 del TUO del Decreto Legislativo N° 1224, previamente a la aprobación del Informe Multianual, el Ministerio solicita opinión a PROINVERSIÓN sobre la modalidad de Asociación Público Privada o Proyecto en Activos, la cual se basa en un análisis preliminar de los beneficios de desarrollar el proyecto bajo la modalidad de Asociación Público Privada en comparación con la modalidad de obra pública, en función a los criterios establecidos en el Reglamento; para el caso del informe a cargo de los Ministerios, dicha opinión es vinculante para la inclusión de proyectos bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas o Proyectos en Activos; Que, por Resolución Ministerial N° 008-2016MTC/01, se designa a los miembros de los Comités de Inversiones del Sector Transportes y del Sector Comunicaciones; los que, según el artículo 6 del Reglamento, actúan como: i) Organismos Promotores de la Inversión Privada para los proyectos bajo su competencia, ejerciendo las funciones para conducir y concluir el proceso; y, ii) Órganos de coordinación, siendo responsables de las coordinaciones de la entidad pública con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada­PROINVERSION, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; Que, por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/68.01, se aprueban los Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017, que constituyen una herramienta metodológica de apoyo para las entidades públicas que requieran elaborar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017; Que, mediante los documentos del Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que ha elaborado la propuesta de Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año 2017, respecto del cual los Comités de Promoción de la Inversión Privada del Sector Transportes y del Sector Comunicaciones han opinado que cumple con las disposiciones contenidas en las normas legales de la materia y en los Lineamientos antes citados, por lo que otorgan su conformidad;

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