Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2017 (16/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 16 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 325-2017-MINCETUR, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Rogers Martín Valencia Espinoza: Pasajes (US$ 5 936.33) Viáticos (US$ 500,00 x 06 días) : US$ : US$ 5 936.33 3 000.00

Jim Franz Chevarría Montesinos y Alberto Enrique Espinola Mariños: Pasajes (US$ 2 724.99 x 2 personas) : US$ 5 449.98 Viáticos (US$ 500,00 x 07 días x 2 personas) : US$ 7 000.00"

Artículo 3.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 325-2017-MINCETUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1566424-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 325-2017-MINCETUR Mediante Oficio Nº678-2017-MINCETUR, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial 325-2017-MINCETUR publicada en la edición del 8 setiembre de 2017. DICE: Artículo 5.- Encargar las funciones de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, al señor Daniel Maraví Vega Centeno, Director General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía, a partir del 8 de setiembre de 2016 y en tanto dure la ausencia de su titular. DEBE DECIR: Artículo 5.- Encargar las funciones de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, al señor Daniel Maraví Vega Centeno, Director General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía, a partir del 8 de setiembre de 2017 y en tanto dure la ausencia de su titular. 1566422-1 el se Nº de

actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; y, conforme al numeral 210.2 del artículo precitado, la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 121-2015-MC, de fecha 8 de abril de 2015, se encargó a la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura, tres (3) proyectos de inversión pública: 1) Creación de los servicios culturales y complementarios del Museo Nacional de Historia del Perú; 2) Creación de los servicios culturales y complementarios del Centro Cultural del Museo de la Nación; y 3) Creación de los servicios de recreación cultural de exposición pasiva del Museo Nacional de Arqueología del Perú; Que, a través del Informe N° 000226-2017/DGM/ VMPCIC/MC, la Dirección General de Museos advierte el error incurrido en el numeral 1) del artículo precitado al consignarse el nombre del Museo Nacional de Historia del Perú, en lugar del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú; así como, en el numeral 3) del mismo artículo, al consignar el nombre del Museo Nacional de Arqueología del Perú, siendo el correcto el Museo Nacional del Perú; por lo que solicita la rectificación de dichos errores materiales; Que, de acuerdo a los Informes N° 182-2017-UE-PEOP y N° 49-2017-UE-PE-OATL, remitidos por la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales; y al Informe N° 000063-2017/OI/OGPP/SG/MC de la Oficina de Inversiones, se ha verificado que en virtud del Decreto Ley N° 25790, que crea el Sistema Nacional de Museos del Estado, publicado el 21 de octubre de 1992, el Museo Nacional de Arqueología y Antropología fue fusionado con el Museo Nacional de Historia, constituyendo en adelante el Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú; por lo que, se evidencia que existe un error en el nombre de los Museos consignados en los numerales 1) y 3) de la citada Resolución; correspondiendo efectuar la rectificación solicitada por la Dirección General de Museos; Que, en tal sentido, se estima por conveniente rectificar los errores materiales contenidos en la Resolución Ministerial N° 121-2015-MC en los términos antes indicados; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar los errores materiales incurridos en los numerales 1) y 3) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 121-2015-MC, quedando redactados de la siguiente manera: "1) Creación de los servicios culturales y complementarios del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú. (...) 3) Creación de los servicios de recreación cultural de exposición pasiva del Museo Nacional del Perú". Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1566332-1

CULTURA
Rectifican errores materiales incurridos en la Resolución Ministerial N° 121-2015-MC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 333-2017-MC Lima, 15 de setiembre de 2017 VISTOS, el Informe N° 000226-2017/DGM/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Museos; el Oficio N° 390-2017-UE-PE/J de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales; el Informe N° 000364-2017/OGPP/SG/MC y el Memorando N° 000922-2017/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 210.1 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, los errores material o aritmético en los

Autorizan viaje de Asesora del Despacho Viceministerial de Interculturalidad a Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2017-MC Lima, 15 de setiembre de 2017

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