Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2017 (21/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 21 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Otorgan beneficios para la ejecución de obras del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2017/MPH Huacho, 25 de julio de 2017 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 14 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que otorga beneficios para la ejecución de obras del Programa Techo Propio a Cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, establece en su segundo párrafo que: "Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, con los límites que señala la ley", concordante con lo dispuesto en los incisos 3) y 4) de su artículo 195º. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se creó el proyecto Techo Propio con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; así como, estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social. En ese contexto, mediante Informe Nº 36-2017-SGPICT/ MPH de fecha 09.06.2017, la Sub Gerencia de Promoción de la Inversión y Cooperación Técnica remite el proyecto de ordenanza que otorga beneficios para la ejecución de obras del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; teniendo como finalidad exigir como único pago por derecho de trámite de licencia de construcción S/. 51.20 Soles, contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad provincial, a los beneficiarios calificados y que se ejecuten bajo los lineamientos del proceso "construcción en sitio propio y mejoramiento de vivienda" del Programa Techo propio a cargo de la Cartera Ministerial antes mencionada. Que, mediante Informe Legal Nº 404-2017-GAJ/MPH de fecha 15.06.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda elevar los actuados ante el Pleno del Concejo Municipal, para su deliberación y posterior aprobación, previa incorporación de un artículo, a través del cual se incluya como base legal en el procedimiento Nº143 del TUPA de la entidad la presente ordenanza, excluyéndose como base legal de dicho procedimiento la Ordenanza Municipal Nº 005-2015-MPH, postura compartida por la Gerencia Municipal, mediante Informe Nº 090-2017GM/MPH, asimismo, se cuenta con opinión favorable

de la Comisión Ordinaria Política Social, Educación, Salud, Programa de Alivio contra la Pobreza del Concejo Municipal, mediante Dictamen Nº 03-2017-COPSESPAPMPH. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime; aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA BENEFICIOS PARA LA EJECUCION DE OBRAS DEL PROGRAMA TECHO PROPIO A CARGO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Artículo Primero.- APROBAR el otorgamiento de beneficios para la ejecución de obras del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento: i. Exigir como únicos pagos por derecho de trámite de licencia de construcción y por conformidad de obra y declaración de fábrica la suma de S/. 51.20 (Cincuenta y uno con 20/100 Soles), respectivamente, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, a los beneficiarios calificados y que ejecuten bajo los lineamientos de los procesos "Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda", del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. ii. Exceptuar lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, en lo que respecta a los requisitos para "conformidad de obra y declaratoria de fábrica". iii. Exonerar a los beneficiarios calificados del Programa Techo Propio para los procesos "construcción en sitio propio" hasta el 100% del total de multas derivadas de haber edificado sin licencias de edificación y multas de derechos correspondientes a la regularización de licencias de obra e inspecciones técnicas; a fin de facilitar el acceso y ejecución del Programa Techo Propio del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. iv. Precisar que los beneficios señalados líneas arriba, serán únicamente aplicables a obras no mayores de 35m. Artículo Segundo.- INCLUIR la presente ordenanza como base legal del procedimiento Nº 143 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huaura, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 42-2016/MPH; excluyendo, como base legal del procedimiento Nº 143 del TUPA la Ordenanza Municipal Nº 005-2015-MPH. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaura, dictar normas complementarias y/o reglamentarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, incluso para prorrogarla, mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Sub Gerencia de Promoción de la Inversión y Cooperación Técnica el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www. munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www. peru.gob.pe POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1567576-1

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