Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2017 (21/09/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

64
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

NORMAS LEGALES

Jueves 21 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a 9 días de agosto de 2017. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1567204-1

Autorizan viaje de Gobernador Regional y funcionario a Indonesia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 229-2017-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR-SO. VISTO: Que, con Oficio Nº 508-2017-G.R.Amazonas/ SG, de fecha 24 de julio del 2017, procedente Abog. Ronald E. Salazar Chumbe-Secretario General, mediante el cual solicito Autorización de Viaje del Señor Gobernador con el Objeto de Participar en reunion en Malikpapan, Provincia de Kalimantan Oriental,Indonesia; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 191º y 192º establecen que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia" y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el Inciso 1) del artículo 17º, de la Ley Bases de la Descentralizados Nº 27783, establece que los gobiernos regionales están obligados a promover la participar ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y Presupuesto y en la gestión pública; para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismo de consulta, concertación control evaluación y rendición de cuenta. Que, el Art. 2º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Descentralización, declara que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el inc. a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, señala como atribución del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 7º del Reglamento Interno vigente se ha establecido, que el objetivo del Consejo Regional de Amazonas es contribuir con el proceso de descentralización y el desarrollo equitativo de las provincias a través del fortalecimiento del Gobierno Regional Amazonas, como parte fundamental de la estructura descentralizada del estado cumpliendo los principios de subsidiariedad, complementariedad y bien común. Que, el artículo 18º de la norma regional antes glosada establece: Son obligaciones de los Consejeros Regionales, literal a) Representar a sus provincias ante el Pleno del Consejo Regional de Amazonas y órganos de la administración pública y entidades privadas dentro del Departamento de Amazonas y fuera de él. Por delegación del Consejo Regional o del Ejecutivo Regional podrá asumir la representación a nivel regional, nacional e internacional y son obligaciones de los Consejeros Regionales, según los literales c): Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes del Perú, así como las normas y disposiciones regionales y respetar el presente Reglamento.

Que, el artículo 8º inc. v) del Reglamento Interno vigente es de atribución del Consejo Regional de Amazonas autorizar con Acuerdo Regional los viajes al exterior del Gobernador, Vicegobernador, Consejeras y Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Amazonas, que van en representación del Gobierno Regional de Amazonas, sustentados en el interés Regional o Institucional y sujeto a las normas vigentes. Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, precisa: que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, institucionales de interés público y ciudadano. Que, estando a lo aprobado en Sesión Ordinaria Nº 015, de Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas de fecha 23 de agosto del dos mil diecisiete, llevada a cabo en la sala de sesiones del Consejo Regional ubicado en la sede del Gobierno Regional Amazonas y; con las facultades conferidas en el artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Consejeros Regionales por mayoría. ACORDARON: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicio del señor Gilmer W. HORNA CORRALESGobernador Regional del Gobierno Regional Amazonas y del Gerente de la Autoridad Regional Ambiental Prof. Percy Chávez Escalante como delegado del GCF en Huánuco, a Balikpapan, provincia de Kalimantan Oriental, INDONESIA, con el objeto de participar en la reunión organizado por la secretaria central del GCF sobre Clima y Bosques, la cual se llevara a cabo del 25 al 29 de septiembre del presente año, el cual no generara gasto alguno al Gobierno Regional Amazonas. Artículo Segundo.- NOTIFICAR, el presente Acuerdo Regional, Sr. Gilmer Wilson, HORNA CORRALESGobernador Regional de Amazonas, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que los comisionados a su retorno deberán hacer llegar su informe al Pleno del Consejo Regional referente a la autorización de viaje a la provincia de Kalimantan oriental, INDONESIA Artículo Cuarto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- PUBLICAR, el presente Acuerdo, en el portal electrónico del Gobierno Regional Amazonas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 24 días del mes de agosto 2017. CARLOS ENRIQUE VENTURA ARISTA Presidente Consejo Regional Amazonas 1567184-1

Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en la Dirección Regional de Energía y Minas Amazonas
GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DOC. 1130689 EXP. 867431 RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL Nº 037 -2017-G.R. AMAZONAS/DREM Chachapoyas, 17 de julio de 2017

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.